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Economía

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Prodecon ayudó a contribuyentes para la repatriación de capitales

No hay una cifra representativa de contribuyentes que hayan definido en dónde invertirán los recursos, informó el SAT.

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Foto: EE: ArchivoEE: Archivo

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), a través de su subprocuraduría de Análisis Sistémico y Estudios Normativos, analizó las reglas y artículos referidos de la repatriación de capitales sobre el pago del impuesto y determinó que el contribuyente podía optar por el tipo de cambio que mayor beneficio le generara.

Cabe destacar que los contribuyentes, al momento de repatriar su capital a México, tenían 15 días naturales para declarar el impuesto correspondiente y hacer el pago de éste.

De acuerdo con su boletín “Prodecontigo” referente a octubre, el ombudsman fiscal determinó que en materia de repatriación de capitales, la regla 11.8.17 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2017 establece dicho beneficio para los contribuyentes que se adhirieron al programa.

Explicó que para lo anterior se analizó el segundo párrafo del artículo tercero del decreto de repatriación de capitales, en el cual se establece que se deberá emplear el tipo de cambio de la fecha en que se efectúe el pago.

“El impuesto a que se refiere este instrumento se calculará aplicando la tasa de 8%, sin deducción alguna, al monto total de los recursos que se retornen al país conforme a lo dispuesto en el artículo anterior y que se hubiesen mantenido en el extranjero con anterioridad al 1 de enero del 2017, directa o indirectamente (...) Para los efectos de lo anterior, se aplicará el tipo de cambio del día en que se efectúe el pago del impuesto relativo a los recursos que se retornen a territorio nacional, de conformidad con lo establecido por el Código Fiscal de la Federación”, se lee en el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Además, analizó la regla 11.8.17 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2017, la cual señala que para efectos de lo establecido el contribuyente podrá optar por utilizar el tipo de cambio de la fecha en que los recursos sean retornados al país.

Tras estos análisis, la Prodecon consideró que el hecho de que la regla establezca que para determinar la base del impuesto se puede emplear el tipo de cambio del día en que se realice el retorno de capitales al país no genera inseguridad jurídica, sino más bien una facilidad de carácter optativo.

“Tomando en consideración que entre la fecha de entrada de los recursos al país y la fecha de pago del impuesto puede existir una variación en la equivalencia de la divisa extranjera y la moneda nacional, el contribuyente puede aplicar el tipo de cambio que mayor beneficio le genere, esto es, el de la fecha de retorno de capitales según lo dispuesto en la regla 11.8.17 o el de la fecha en que efectúe el pago del impuesto de conformidad con lo que prevé el Artículo Tercero, segundo párrafo del referido Decreto”, acotó.

AÚN NO SE DECIDEN inversiones

De acuerdo con Lizandro Núñez, administrador general de Recaudación del Servicio de Administración Tributaria (SAT), aún no hay una cifra representativa de contribuyentes que ya hayan definido el destino de sus inversiones.

De acuerdo con el decreto, el contribuyente debe mantener el dinero que regrese al país por al menos dos años en diferentes inversiones, como la adquisición de bienes de activo fijo; adquisiciones de terrenos y construcciones en México; en investigación y desarrollo de tecnología destinadas a la ejecución de proyectos dirigidos al desarrollo de productos, materiales o procesos de producción; pago de pasivos, y las inversiones realizadas a través de instituciones de crédito o casas de Bolsa.

El administrador general de Recaudación recordó que los contribuyentes tienen hasta el 31 de diciembre de este año para decidir el destino de sus inversiones, por lo que el resultado de esto se conocerá hasta principios del siguiente año.

El decreto se dio a conocer como parte del Acuerdo para el Fortalecimiento Económico y la Protección de la Economía Familiar en enero pasado y concluyó el pasado 19 de octubre. Un total de 5,402 contribuyentes se adhirieron al programase y con ello se logró regresar al país 384,712 millones de pesos, que generaron una recaudación de 20,095 millones de pesos por concepto de Impuesto sobre la Renta (ISR).

ana.martinez@eleconomista.mx

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