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Capital Humano

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Agua en el trabajo: Derecho laboral de más 60 años en el mundo y poco garantizado en México

Desde 1964 la OIT reconoció el acceso al agua como un derecho en el trabajo, a pesar de que México ratificó la norma, no es una regla general para todos los empleadores. 

Desde 1964 la OIT reconoce el acceso al agua como un derecho laboral.

Desde 1964 la OIT reconoce el acceso al agua como un derecho laboral.FOTO: SHUTTERSTOCK

La iniciativa de la Ley vaso de agua, así como otras que se han propuesto, dejan ver que en México vamos atrasados, comparado con otros países en temas de bienestar en el trabajo, refiere Marité Villanueva, socia-directora en Aznar & Mondejar Abogados. 

Y aunque desde 1968 México ratificó el Convenio 120 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), donde se establece que todos los trabajadores deben tener acceso suficiente a agua potable, en la Ley Federal del Trabajo (LFT) este derecho no está reconocido, salvo para los trabajadores del campo, la única actividad para la cual la legislación laboral sí contempla el agua como prestación. 

“Como no está como una regla general, en México sucede mucho que los patrones aplican el criterio de si no me lo piden expresamente o no me auditan, pues no cumplo”, dice la abogada laboral.

Agrega que los patrones en México están acostumbrados a esperar hasta que la Ley lo prevea para comenzar a implementar este tipo de acciones en los centros de trabajo.

Marité Villanueva considera que parte del problema de esta situación es que no se da una inspección exhaustiva por parte de la autoridad. “La revisión realmente no entra en el detalle de muchas obligaciones patronales que hay”.

Considera que la iniciativa Ley vaso de agua es importante porque es un derecho humano, pero también porque refuerza la idea de bienestar en las condiciones de trabajo; sobre todo considerando que hay industrias en México que todavía son muy pesadas.

“Hay algunas medidas que muchas veces son de humanidad, como dar un vaso de agua, proveer un asiento. Algo que es por humanidad y que no se debería esperar a que una ley nos obligue a pensar en implementarlo”, asegura.

Considera que al ser una iniciativa sencilla, podría aprobarse rápidamente en el Senado. La propuesta de la senadora Anabell Ávalos Zempoalteca, del Grupo Parlamentario del PRI, ya se encuentra turnada a comisiones para su análisis. 

La abogada refiere que este tema se vuelve prioritario cuando por el calentamiento global se están experimentando temperaturas fuera de los rangos a los que se está acostumbrado, y donde los colaboradores que realizan sus tareas a la intemperie y pueden llegar a presentar golpes de calor. “Sería muy bueno que entrara en vigor rápido para protegerlos lo antes posible”.

Marité Villanueva opina que en lo que respecta a la carga que representará para los patrones, “esto no necesariamente se traduce en garrafones de agua, pueden invertir en filtros, hoy existe mucha tecnología al respecto de este tema. Este tema del agua en particular es un tema de salud social”, explica.

Se requiere más que modificar la Ley 

Para Nadia González Elizondo, abogada especialista en materia laboral, esta obligación que busca establecerse con la Ley Vaso de Agua, ya está implícita en la Ley Federal del Trabajo (LFT).

“Desde el 2012 el artículo segundo de la Ley Federal del Trabajo habla sobre el trabajo digno y decente, además de que se desarrolle en condiciones óptimas de seguridad y respeto de la dignidad humana”, explica.

Mientras que el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, específicamente, en dos artículos, se establece esta obligación de proporcionar o de poner a disposición de las personas trabajadoras tomas de agua potable, proporcionar vasos desechables o bebederos. Y habla de todos los centros de trabajo, agrega.

Sin embargo, reconoce que al no estar de manera específica en la ley podrías ser sujeto de interpretación; y otra de las razones, en la que coincide, es que no existen recursos económicos, ni humanos en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en el área de inspecciones.

"Creo que el defecto actual es que a lo mejor no hay una sanción suficientemente onerosa o grave que desmotive a las personas empleadoras a no violar esta disposición. Hay que dotar de dientes. La ley no sólo se logra modificando el texto de la ley, sino de manera integral, dotando de recursos humanos, económicos, materiales a la Secretaría del Trabajo”, refiere Nadia González Elizondo.

Considera que esta iniciativa de ley podría complementar ciertas normas oficiales mexicanas de la Secretaría del Trabajo sobre condiciones térmicas máximas. “Quizá deberíamos regular más que el derecho general. O sea, más que una obligación general, perfeccionarla”, opina.

Más que un tema de modificación de leyes, que a veces es justo y necesario, tenemos que pensar en una política pública más integral, señala. 

"Quizás lo que necesitamos no es modificar la Ley Federal del Trabajo, sino una Norma Oficial Mexicana que atienda estas particularidades”, dice la abogada.

Periodista especializada en temas financieros y económicos; hoy también escribe sobre empleo, carrera, políticas laborales, salud mental en el trabajo, desarrollo profesional, marca personal.

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