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Sector Financiero

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SHCP determinará sectores y actividades en los que sólo se aceptarán pagos electrónicos

Las autoridades deberán coadyuvar al cumplimiento de la Política Nacional de Inclusión Financiera, a fin de promover el uso de medios de pagos digitales y electrónicos.

Edgar Amador Zamora, secretario de Hacienda, en la presentación del Paquete Económico 2027 en la Cámara de Diputados.Foto EE: Eric Lugo

“Las autoridades de los tres órdenes de gobierno realizarán las acciones necesarias para aceptar los medios de pago electrónicos y digitales para la atención de trámites y servicios”, afirma la Secretaría de Hacienda.

Lo anterior se establece en la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos, presentada el martes por parte del Ejecutivo Federal, como parte del Paquete Económico 2027.

Ahí se señala, al mismo tiempo, que los proveedores de bienes o servicios, podrán implementar los medios de pago electrónico y digitales, en términos de lo dispuesto por dicha ley y las disposiciones de carácter general que se emitan para tal efecto.

En este sentido se explica que para la implementación de este tipo de medios de pago, tanto los proveedores de bienes y servicios, como las autoridades, habilitarán la infraestructura necesaria para su recepción y promover su uso.

Asimismo, que adoptarán las medidas necesarias para atender y, en su caso, subsanar las contingencias que impidan su aceptación, e implementarán cualquier otra acción que sea necesaria para promover su uso en los trámites, servicios y bienes que ofrezcan.

Sectores estratégicos y actividades relevantes

El proyecto, presentado a la Cámara de Diputados, precisa que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) determinará los sectores estratégicos y actividades relevantes en los cuales la aceptación de medios de pagos digitales y electrónicos, podrá ser la única forma de pago.

“Dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá determinar los sectores estratégicos y actividades relevantes en los cuales la aceptación de medios de pagos digitales y electrónicos, podrá ser la única forma de pago, sin perjuicio de que, en ejercicio de sus atribuciones, posteriormente pueda ampliar dicha determinación”, expone.

De igual forma, refiere que las autoridades que sean competentes, conforme a la normatividad aplicable de cada sector estratégico o actividad relevante, emitirán las disposiciones administrativas de carácter general de acuerdo con la ley, para establecer las condiciones, requisitos, obligaciones y de operación, para la recepción de los medios de pago electrónicos y digitales en dichos sectores o actividades, como única forma de pago.

“Asimismo, podrán establecer mecanismos y plazos específicos en cada uno de los sectores estratégicos o actividades relevantes para los procesos de transición gradual de pagos en efectivo a pagos digitales y electrónicos”, subraya.

Precisa, sin embargo, que cuando se presente una contingencia que imposibilite la recepción de medios de pago electrónicos, se permitirá el pago en efectivo o cheque.

Autoridades deberán promover su uso

El documento añade que las autoridades, en el ámbito de su competencia, deberán coadyuvar al cumplimiento de la Política Nacional de Inclusión Financiera, a fin de promover el uso de medios de pagos digitales y electrónicos.

Para tal efecto, puntualiza, las autoridades competentes deberán emitir las disposiciones de carácter general necesarias, en el ámbito de sus atribuciones, que eliminen las barreras a la inclusión financiera para el otorgamiento de créditos y financiamientos, así como cualquier otra normativa que facilite el cumplimiento de los objetivos en la ley.

También, apunta que para impulsar los medios de pago electrónicos, las autoridades competentes, de acuerdo con la normatividad aplicable, realizarán las acciones necesarias para llevar a cabo planes, políticas y programas en materia de conectividad que coadyuven en su implementación y operación, y faciliten su acceso para la población.

Agrega que para el cumplimiento del objeto de esta ley, el Banco de México (Banxico) podrá, por ejemplo, ampliar los niveles de operación de cuentas de depósito de dinero a la vista; implementar programas informáticos que faciliten el uso de las transferencias electrónicas de fondos para la realización de pagos; y emitir disposiciones que establezcan la homologación de la experiencia de uso de las aplicaciones de servicios financieros.

En tanto que las entidades deberán: realizar las acciones necesarias para promover la inclusión financiera de la población; difundir los productos y servicios que ofrecen para los diferentes sectores; y promover entre la población los distintos niveles de operación de cuentas de depósito.

También, facilitar el otorgamiento de créditos, financiamiento y préstamos a través de medios digitales.

Documentación digital

El proyecto destaca que en la contratación digital de servicios financieros, la CURP Digital será aceptada como un mecanismo de confianza, sin perjuicio de cualquier otro mecanismo que, para tal efecto, habiliten las autoridades competentes.

De igual forma, puntualiza que el Expediente Digital Ciudadano, es un mecanismo de confianza para la consulta o uso de documentos o información de las personas, que aceptarán las entidades en la contratación y acceso a servicios financieros.

El documento resalta que el desarrollo de sistemas de pagos electrónicos, constituye un pilar fundamental para el crecimiento económico equitativo de las sociedades modernas, ya que elimina las barreras que limitan el intercambio eficiente de recursos entre personas y empresas, y promueve la democratización del acceso a los servicios financieros, la reducción de tiempos y costos de transacción, y la formalización de micro y pequeñas empresas.

“México cuenta con la infraestructura necesaria para que los medios de pago se adopten de manera masiva”, señala.

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