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Política

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Mata personal del DIF a menor en Nuevo León

La CNDH emitió la Recomendación 148/2025 dirigida al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) de Nuevo León, al acreditar violaciones graves a los derechos humanos de dos personas menores de edad.

Foto EE: Cortesía

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 148/2025 dirigida al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) de Nuevo León, al acreditar violaciones graves a los derechos humanos de dos personas menores de edad, una de las cuales falleció presuntamente a consecuencia de golpes propinados por personal de la institución, mientras que la otra fue trasladada, sin orden judicial, a un centro de rehabilitación en Veracruz.

La recomendación documentó que el 8 de febrero de 2022, un adolescente de 14 años de edad internado en el Albergue Fabriles, operado por el DIF estatal, comenzó a gritar de dolor tras recibir un golpe en el abdomen por parte de una persona servidora pública.

Testimonios recabados por la CNDH refirieron que el golpe fue propinado con la rodilla y que, a partir de ese momento, el menor presentó vómitos constantes, dolor intenso y un deterioro progresivo de su estado de salud.

Además, se dio a conocer que aunque otros adolescentes y personal del albergue alertaron reiteradamente sobre su condición, no se activaron protocolos médicos, no se dio aviso oportuno a personal de salud especializado y se limitó la atención a la administración de analgésicos. Incluso cuando el menor mostraba signos graves —palidez, pupilas contraídas y dificultad para hablar— permaneció sin atención médica adecuada.

Fue hasta la madrugada del 9 de febrero cuando se solicitó una ambulancia. El adolescente murió horas después. Aunque inicialmente se informó que la causa fue una peritonitis, la CNDH concluyó, con base en dictámenes periciales, que la muerte fue compatible con un shock hipovolémico derivado de una contusión profunda de abdomen, coincidente con los golpes denunciados por testigos.

Por otro lado, se detalló que no se dio vista inmediata al Ministerio Público, que se intentó manejar el fallecimiento como un “asunto interno” y que incluso se ordenó no reportar los hechos y borrar información relacionada con la muerte del menor, lo que impidió una investigación oportuna.

En el segundo caso, ocurrido el 4 de noviembre de 2020, otra persona menor de edad ingresó al mismo albergue, donde personal de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes informó a un familiar sobre un supuesto proyecto educativo y de atención integral. Sin embargo, sin consentimiento ni orden judicial, la víctima fue trasladada a un centro de rehabilitación ubicado en el estado de Veracruz.

Reportero y licienciado en Ciencias de la Comunicación

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