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Política

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Otorgan amparo para la devolución de los recursos del Programa Bracero

La autoridad mexicana les descontó 10% de su salario cada semana durante 20 años como parte del Programa Bracero.

La jueza Paula María García Villegas, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, concedió un amparo a un grupo de campesinos mexicanos para que se les devuelva la retención de 10% de su sueldo que fue retenido como parte del Programa Bracero de 1941 a 1964.

Lo anterior obliga a la autoridad correspondiente a devolver el monto descontado semanalmente, por concepto de Fondo de Ahorro Campesino durante el tiempo que laboraron en EU.

La juzgadora federal establece en su sentencia que no se dio respuesta congruente a la petición formulada por los quejosos, pues de la respuesta emitida por el encargado de los trabajos de la Dependencia Coordinadora del Fideicomiso que Administrará Fondo de Apoyo Social para Extrabajadores Migratorios Mexicanos de la Secretaría de Gobernación contrario a lo resuelto no se advierte que los quejosos hayan solicitado el pago de 38,000 pesos del fideicomiso indicado, sino el pago de su ahorro campesino, que es muy diferente.

También se puntualiza que los quejosos solicitaron la devolución de 10% del sueldo que les fue retenido en EU y que los patrones depositaban en bancos estadounidenses, quienes custodiaban esos depósitos hasta su transferencia al entonces Banco de México, que a su vez debía traspasarlos al Banco de Crédito Agrícola y al Banco Nacional del Ahorro, que finalmente se transformaron en Banco Nacional de Crédito Agrícola Rural, SNC (Banrural).

La sentencia puntualiza que los bancos mexicanos también tenían el deber de guarda y custodia de dichos depósitos, pues debían rendir cuentas a los extrabajadores sobre el destino de su dinero, pero esta obligación no fue respetada, ya que tampoco se sabe cuál fue el destino de los depósitos.

Por lo anterior, la sentencia concluye que la respuesta debe ser en sentido afirmativo y se les debe devolver la retención de su trabajo, mismo que no se puede sustituir por el apoyo social.

ana.langner@eleconomista.mx

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