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La importancia de tener testamento
La adecuada planeación de la sucesión es indispensable para garantizar que el patrimonio que formemos quede en manos adecuadas.
Desde hace varios años, septiembre es un mes que se ha denominado como mes del testamento . Aunque en este 2010 la campaña no ha sido amplia (debido a los festejos del Bicentenario), me parece muy importante aprovecharlo para volver a hablar acerca de la importancia de la sucesión patrimonial.
Lamentablemente en nuestro país muy pocas personas dejan esto arreglado, dejando un enorme problema legal para la gente que nos sobrevive.
La adecuada planeación de la sucesión es indispensable no sólo para proteger a nuestros seres queridos, sino para garantizar que ese patrimonio que logramos construir con tanto esfuerzo, quede en las manos adecuadas.
Por ello es una responsabilidad que nos permite garantizar el bienestar de nuestra familia y una pieza fundamental en nuestro plan financiero.
Planear nuestra sucesión requiere de varios aspectos, y por ello ponemos a consideración de nuestros lectores hacerlo de la siguiente manera:
1. Hacer un inventario de todos nuestros bienes e inversiones. Si estamos acostumbrados a elaborar un balance personal, esta lista corresponderá a la columna de nuestros activos. Es importante especificar si están únicamente a nuestro nombre o si los compartimos con otra persona, así como las condiciones legales de los mismos.
2. Conocer las distintas opciones que existen para disponer de nuestra sucesión. Hay muchas formas, pero las más conocidas son tres:
a) Testamento. Es un acto absolutamente personal, revocable y libre, por el cual una persona en plenas facultades dispone de sus bienes y derechos para después de su muerte. Hay varios tipos de testamento:
Público abierto. Se realiza ante un notario público y por lo general no requiere testigos.
Público cerrado. Se escribe, se firma en cada una de sus hojas, se guarda en un sobre sellado y se autoriza por un notario. Este testamento puede ser custodiado por el testador, por una persona de nuestra confianza o ser depositado en un archivo judicial ante tres testigos.
Ológrafo. Se escribe por puño y letra del testador, por duplicado, imprimiéndose la huella digital del testador. Se guarda en un sobre sellado y se deposita en el Archivo General de Notarías. Este testamento queda sin efecto cuando el original o el duplicado tengan alguna rotura, enmendadura o alteración visible, o cuando el sobre esté abierto.
Privado. Este tipo de testamentos se puede realizar en caso de que el testador sufra una enfermedad grave, que le impida hacer otro tipo de testamento, y sólo es válido si el testador efectivamente muere. Requiere de la presencia de cinco testigos que certifiquen que el testador se encontraba en pleno uso de sus facultades mentales, y libre de cualquier presión o amenaza.
b) Fideicomiso testamentario. Es un contrato mediante el cual una persona entrega sus bienes a una institución fiduciaria, para que ésta se los administre en vida, y para que a su fallecimiento los distribuya o administre conforme a las instrucciones plasmadas en dicho contrato. Tiene la gran ventaja de que no requiere realizar trámite sucesorio alguno.
c) Testamento con cláusulas fiduciarias. Es un testamento mediante el cual una persona prevé que a su fallecimiento se constituya un fideicomiso mediante el cual la institución fiduciaria será la encargada de administrar y transmitir los bienes a sus herederos bajo ciertas condiciones.
En la siguiente entrega detallaremos las ventajas y las desventajas de las distintas alternativas, con el fin de que cada uno de nosotros pueda, después de analizarlas, decidir cuál es la mejor para su caso.
Te invito a que me envíes tus preguntas, dudas y comentarios a través de mi página en Internet: www.planeatusfinanzas.com