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Poco probable que aranceles IEEPA sobrevivan: Index
La previsión se fundamenta en el escepticismo de diversos jueces de la Suprema Corte de EU; en un escenario intermedio podrían desaparecer solo los aranceles recíprocos.
Los aranceles IEEPA incluyen un arancel universal global “recíproco” y los aranceles dirigidos a México, Canadá y China por migración y fentanilo, todos fundamentados en una declaratoria de “emergencia nacional”.
El Consejo Nacional de la Industria Manufacturera de Exportación (Index) prevé una “baja probabilidad” de que se mantengan los aranceles aplicados por la administración del presidente estadounidense, Donald Trump, bajo la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA, por sus siglas en inglés).
Se espera que la Corte Suprema de Estados Unidos emita un fallo final en diciembre de 2025 o en enero de 2026, ya que debe resolver antes del receso de verano de junio de 2026.
Los aranceles IEEPA incluyen un arancel universal global “recíproco” y los aranceles dirigidos a México, Canadá y China por migración y fentanilo, todos fundamentados en una declaratoria de “emergencia nacional”.
La baja probabilidad de que se mantengan los aranceles IEEPA se basa en un análisis realizado por el Index sobre la primera audiencia celebrada el 5 de noviembre de 2025 en la Corte Suprema respecto a los casos de V.O.S. Selections, Inc. v. Trump y Learning Resources, Inc. v. Trump.
En esa audiencia se cuestionó la legalidad de los aranceles IEEPA adoptados por la Administración Trump, por exceder la autoridad presidencial para imponer aranceles sin aprobación del Congreso de Estados Unidos.
Desde la perspectiva del Index, los “jueces liberales” (Sonia Sotomayor, Elena Kagan y Ketanji Brown Jackson) tienen una fuerte oposición a mantener los aranceles IEEPA, ya que la ley no autoriza aranceles recaudatorios e invade el poder del Congreso (Art. I, Sec. 8).
Por el contrario, los “jueces conservadores” (Clarence Thomas, Samuel A. Alito, Jr, y Brett M. Kavanaugh) brindan su apoyo a la discrecionalidad ejecutiva en seguridad nacional.
Finalmente, los “jueces indecisos” (John G. Roberts, Jr., Amy Coney Barrett y Neil M. Gorsuch) muestran escepticismo y cuestionan si la “amenaza extraordinaria” justifica restricciones comerciales amplias. Un segundo escenario considerado por el Index es la invalidación de los aranceles IEEPA en su totalidad, pero con una transición a otro tipo de instrumentos legales.
Estos instrumentos podrían ser la Sección 122 (Trade Act 1974), con aranceles globales igual o menores a 15% por 150 días (déficit pagos); la Sección 301, a través de investigaciones por país (prácticas injustas, por ejemplo, propiedad industrial china, con aranceles mayores a 300,000 millones de dólares), y la Sección 232, argumentando razones de seguridad nacional (25% acero/aluminio; expansiones en 2025 en minerales críticos, autos y semiconductores). Un tercer escenario consistiría en una invalidación parcial: eliminar aranceles recíprocos (10–25%) y mantener las tarifas relacionadas con el fentanilo y la migración.
¿Qué implicaciones tiene México? Si los aranceles IEEPA se mantienen, México retiene ventaja (libre de aranceles en bienes que cumplen con el T-MEC). Pero existen los riesgos en transición (secciones 122/301): Sin exención automática para bienes que cumplan con la regla de origen TMEC.
Independientemente del fallo sobre IEEPA, los aranceles de la Sección 232 -que constituyen la mayor afectación para México- no son materia de este proceso judicial y permanecerán vigentes.