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Paralización en Pirelli, el panel del T-MEC que rebasó sus plazos y frena la resolución laboral

El panel arbitral del caso Pirelli Neumáticos (MEX-USA-2024-31A-03) mantiene paralizada la resolución sobre la denegación de derechos laborales en la planta.

EDGARD GARRIDO

El panel arbitral del caso Pirelli Neumáticos (MEX-USA-2024-31A-03) mantiene paralizada la resolución sobre la denegación de derechos laborales en la planta. Encabezado por Adolfo Ciudad como presidente, junto con los panelistas Kevin Kolben y Luis Monsalvo, el tribunal detuvo las diligencias de Verificación y Audiencia Pública el 18 de febrero del año en curso. Sin un acuerdo de remediación firmado entre las partes ni un fallo definitivo expedido por el órgano, el procedimiento acumula retrasos dentro de un mecanismo diseñado para dirimir controversias en tiempos acotados.

La controversia formal en la planta de Silao, Guanajuato, dio inicio en julio de 2024, cuando la Liga Sindical Obrera Mexicana (LSOM) y la Red Internacional de Abogados de Apoyo a los Trabajadores (ILAW Network) presentaron una queja inicial ante las autoridades estadounidenses. La solicitud acusó a la empresa de denegar a los trabajadores los derechos de libertad sindical y negociación colectiva al no aplicar el Contrato Ley de la Industria Hulera.

En respuesta, el gobierno de Estados Unidos solicitó a México la revisión del caso en agosto de 2024 y, tras no alcanzarse un acuerdo de remediación en las fases bilaterales previas, solicitó formalmente el establecimiento del panel arbitral en diciembre de ese mismo año.

En un escrito enviado a los integrantes del panel el 26 de julio de 2026, el representante de la Liga Sindical Obrera Mexicana y de ILAW Network, Pablo Franco Hernández, solicitó reanudar el procedimiento. En la misiva, Franco argumentó que la causa “requiere un urgente pronunciamiento de resolución final a efecto de asegurar que en la instalación cubierta terminen los actos de denegación del derecho de negociación colectiva”.

Asimismo, enfatizó que “el acto de denegación continúa, con una afectación permanente a los derechos de las personas trabajadoras y sus familias por lo que a la brevedad deberá retomar sus trabajos este panel ante la omisión de las partes para remediar dicha denegación, no obstante que se han agotado en exceso los plazos previstos por el anexo 31 A del T MEC”.

La representación sindical solicitó fijar fecha y hora para realizar las diligencias pendientes, advirtiendo que “la suspensión de dichas diligencias y la inexistencia de un acuerdo de remediación entre las partes atenta contra el objetivo, espíritu y letra del Anexo 31 A del tratado comercial”.

Cabe señalar que el escenario del caso Pirelli se enmarca en un contexto más amplio donde el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida acumula 48 quejas laborales en casi cinco años de operación. La totalidad de los reclamos se ha dirigido contra instalaciones ubicadas en México, sin registro de expedientes promovidos en sentido inverso hacia Estados Unidos o Canadá.

El sector automotriz y de autopartes concentra la mayoría de los casos, de los cuales seis han escalado a la instancia de panel arbitral.

Periodista dedicada a los temas laborales, empleo, sindical. En El Economista Pilar Martínez es reportera de Empresas y Negocios.

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