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Pasan a comisiones desindexación del salario

La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados recibió del Senado de la República la minuta que devolvió sobre la reforma constitucional para la desindexación del salario mínimo y la turnó a comisiones para su dictaminación.

La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados recibió del Senado de la República la minuta que devolvió sobre la reforma constitucional para la desindexación del salario mínimo y la turnó a comisiones para su dictaminación.

Esta propuesta legislativa reforma los artículos 26, 41 y 123 de la Constitución Política en la materia, con la que se desvincula como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia en el pago de obligaciones o supuestos que se establecen en leyes federales y estatales.

Durante la sesión ordinaria de este martes, se informó que la minuta que se remitió a la Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la de Hacienda y Crédito Público, se trata de una minuta que devolvió el Senado con cambios a los artículos segundo, quinto y noveno transitorios del proyecto que avaló la Cámara de Diputados el 10 de diciembre de 2014.

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En los cambios que hizo el Senado, se elimina el señalamiento de las áreas geográficas, por lo que el valor inicial diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a la fecha de entrada en vigor del decreto, será equivalente al que tenga el salario mínimo general vigente para todo el país y hasta que se actualice su valor conforme al procedimiento previsto.

Se menciona en el documento que en el valor inicial mensual de la UMA, a la fecha de entrada en vigor de este proyecto, será producto de multiplicar el valor inicial por 30.4.

A su vez, el valor inicial anual será el producto de multiplicar el valor inicial mensual por 12.

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También se incluyó que el Congreso de la Unión deberá emitir la legislación reglamentaria para determinar el valor de la UMA, dentro de un plazo que no excederá de 120 días naturales siguientes a la fecha de publicación del decreto.

La minuta establece un método para determinar el valor de la UMA, en tanto se promulga dicha ley. Instituye que en un plazo máximo de un año, contado a partir de la entrada en vigor del decreto, el Congreso, las legislaturas locales y las administraciones públicas de los tres órdenes de gobierno tendrán que realizar adecuaciones a leyes de su competencia.

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Ello, a efecto de eliminar las referencias al salario mínimo como unidad de cuenta y sustituirlas por las relativas a la denominada Unidad de Medida y Actualización.

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