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Acuerdos entre socios
Antes de formar una sociedad, analice cuál es la situación de su empresa y elija a los mejores socios.
Cuando una persona decide iniciar actividades para convertir en realidad sus inquietudes, puede hacerlo de manera individual o convocar a otras, a través de una de las diferentes figuras de asociación que reconocen las leyes mercantiles, civiles o fiscales.
Si el individuo inicia actividades individualmente, físicamente se le clasifica como una persona física con actividad empresarial.
Si decide prestar servicios o elaborar bienes de manera individual, atará su actividad técnica, profesional o mercantil a su vida física y además, puede disponer de la totalidad de los recursos económicos generados por su proyecto productivo.
De esta manera, gozará de gran libertad de decisión, pero a la vez deberá afrontar solo los riesgos que ésta actividad le representa, como son la carencia de un soporte comunitario para afrontar enfermedades o bajas en su actividad productiva, o ver limitada la velocidad de crecimiento de sus actividades por su capacidad para generar y reinvertir recursos.
En el caso de que los emprendedores decidan separar los riesgos personales de los inherentes a su actividad productiva, se inclinarán por formar algún tipo de sociedad mercantil o civil.
Cuando la persona se reúne con otros individuos para formar sociedades, cede la propiedad de sus inquietudes e ideas a ese conjunto.
A partir de esta unión nace lo que se conoce como persona moral, que requiere la presencia de un sistema de toma de decisiones, seguimiento y control, al que hoy se le denomina Gobierno Corporativo.
La Ley General de Sociedades Mercantiles de México, indica que la administración de una sociedad anónima, estará a cargo de uno o varios mandatarios temporales y revocables, quienes pueden ser socios o personas extrañas a la sociedad y que cuando los administradores sean dos o más, constituirán el consejo de administración.
Su función será traducir el objetivo comunitario de los socios en metas y directrices más precisas, que deberán transmitir a los encargados de la gestión.
Una debilidad de esta práctica es que los socios muchas veces no pueden diferenciar los intereses particulares de los institucionales y ven a la sociedad como propiedad absoluta.
Esta debilidad se hace patente cuando el socio mayoritario enferma, se retira ó inclusive muere, pues la sociedad pierde rumbo, afectando con esto no sólo al fundador y a su familia directa, sino a otras personas físicas y morales como empleados, proveedores, clientes, acreedores, etcétera.