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Capital Humano

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¿Ya es obligatorio el home office por lluvia?

La iniciativa de reforma a la LFT aprobada en el Congreso de la Ciudad de México no sólo busca promover el home office temporal durante lluvias, sino también la desconexión digital fuera de la jornada laboral.

La lluvia trae consigo una serie de actos que dificultan la realización de las actividades cotidianas como ir al trabajo.FOTO: AFP

¿Es obligatorio el home office por lluvia? La duda surge luego de que el Congreso de la Ciudad de México aprobara por unanimidad una iniciativa de reforma para establecer el teletrabajo ante fenómenos naturales que compliquen la movilidad de las personas trabajadoras; sin embargo, la medida aún no es obligatoria.

El pasado 30 de mayo de 2026, el Congreso local avaló la reforma laboral propuesta por la diputada Leonor Gómez Otegui, una iniciativa que, señalaron los legisladores, busca salvaguardar la integridad física y mental de las personas, por ello, la propuesta también incluye la desconexión digital.

Tras su aceptación, la iniciativa que busca reformar la Ley Federal del Trabajo (LFT) fue enviada a la Cámara de Diputados para ser valorada, eso significa que implementar home office en temporada de lluvia aún no es obligatorio ni en el país ni en la CDMX.

Fernando Martínez Flores, socio encargado del área laboral del despacho Jauregui del Valle, explica que lo que aprobó el Congreso local es una iniciativa para reformar la LFT, y aun cuando tuvo el aval de los legisladores capitalinos, su aplicación no tiene validez.

“Lo que se busca reformar es federal. Esto no es de aplicación ni siquiera en la Ciudad de México, primero la tiene que aprobar el Congreso de la Unión y la Ley del Trabajo es federal, no es que cada estado pueda ajustarla, eso solo aplica con sus legislaciones locales”, menciona.

Por ahora, la iniciativa enviada al Congreso tendrá pendiente su discusión, ya que por ahora ambas Cámaras se encuentran en la Comisión Permanente. En atención a ello, Fernando Martínez Flores puntualiza en que habrá que esperar el proceso legislativo para que el tema avance y en caso de aprobarse, pueda aplicarse en el futuro no solo en la ciudad capitalina, sino en todo el país.

¿Qué propone la reforma sobre home office por lluvias?

La iniciativa promovida por Leonor Gómez Otegui plantea reformar el artículo 57 de la LFT para establecer que en caso de fenómenos naturales que compliquen las condiciones de movilidad o asistencia al centro de labores, la persona trabajadora y empleadora podrán solicitar al Tribunal la modificación temporal de las condiciones de trabajo.

Estas modalidades atenderán a la naturaleza y objeto del trabajo, salvaguardando la integridad de los colaboradores. De acuerdo con la propuesta, se busca que la modalidad adoptada sea el home office temporal o excepcional, principalmente por lluvias, pues señala, esta puede durar horas, provocando encharcamientos, inundaciones y desbordes.

“La lluvia trae consigo una serie de actos que dificultan la realización de las actividades cotidianas, primero porque la sola presencia de la precipitación retrasa el avance automovilístico y de transporte público, lo que puede triplicar el tiempo de traslado de una persona a su hogar, su trabajo, su escuela o cualquier lado”, se lee en la iniciativa.

La legisladora reconoce en su exposición de motivos que las condiciones meteorológicas como la lluvia son ajenas a la voluntad de las personas, pero sí las afectan, aunado a que la temperatura disminuye y aumenta el riesgo de contraer enfermedades respiratorias.

“Muchas personas se mojan a diario, incrementando la posibilidad de contagio y reduciendo la productividad laboral”, subraya.

Adicionalmente, su propuesta también plantea la adición del artículo 68 Bis a la LFT para incorporar el derecho a la desconexión digital al término de la jornada laboral, de forma que las personas no tengan la obligación de responder fuera de su horario de trabajo salvo por emergencias.

Una vez el Congreso de la Unión llegue a su periodo ordinario de sesiones y en caso de que la reforma sea discutida y aprobada por ambas Cámaras, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

A partir de entonces las personas empleadoras deberán adecuar sus reglamentos interiores de trabajo y políticas internas en un plazo no mayor a 180 días naturales.

Mientras tanto y aunque no lo exija la ley, las empresas pueden brindar como beneficio extra el teletrabajo temporal en casos excepcionales. “Será como una prestación adicional por parte de los patrones que así lo deseen”, concluye Fernando Martínez Flores.

Periodista con enfoque jurídico especializada en derechos y políticas laborales, bienestar y salud mental organizacional; egresada de la Maestría en Periodismo Político por la Carlos Septién García.

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