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Capital Humano

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5 claves para entender la nueva NOM-017, la regulación que ya es exigible

La NOM 017 requerirá inversión por parte de las empresas para conseguir y mantener equipo de protección personal que ayude a mitigar riesgos laborales y multas de la autoridad.

La nueva NOM-017 entró en vigor el mes pasado, sustituye a la publicada en 2008 sobre equipos de protección personal en el trabajo, lo cual significa que las empresas ya deben atender nuevas medidas de seguridad para los trabajadores que están expuestos a diversos riesgos.  

Considerando que en todo el país hay centros de trabajo que requieren el uso de equipo de protección personal (EPP) para proteger contra riesgos y prevenir accidentes y enfermedades de trabajo, la norma establece requisitos mínimos sobre los equipos que deben proporcionarse a los colaboradores.

Con la ya entrada en vigor de la NOM-017, los patrones tienen que reestructurar sus políticas de seguridad e higiene para diseñar planes y acciones que contemplen desde la inversión, hasta la logística y productividad mediante el cuidado de los empleados, de lo contrario, pueden ser acreedores de multas por parte de la autoridad.

Para entenderlo mejor, estos son los puntos clave de la nueva norma que está vigente desde el pasado 28 de septiembre de 2025.

1. Inversión en EPP certificado

Una de las claves en la nueva NOM es la certificación de los equipo de protección personal de cada trabajador, ello según las actividades, los tipos y grados de riesgo a los que esté expuesto. La indicación refiere que el EPP sea de la talla y medida del trabajador, así como acorde a los aparatos que usa, por ejemplo, anteojos, auxiliares auditivos o prótesis.

Pero ¡ojo! en el caso de equipo como guantes, calzado, mascarillas y tapones auditivos, así como en la ropa de protección o equipo con el que pueda existir un riesgo de contagio, no deben usarse por más de un trabajador, esto significa que cada empleado deberá contar con su propio EPP.

Para cumplir con este punto, los patrones necesitan presupuestar un mayor costo de adquisición, ya que no solo deben contar con equipo para cada trabajador, sino, además, en caso de no tenerlos, adquirir productos certificados, lo cual puede implicar costos variables, aunque es necesario precisar, estos garantizan calidad y efectividad en la protección, lo cual disminuye riesgos.

En caso, por ejemplo, de que el equipo se contamine con sustancias químicas peligrosas o agentes biológicos, el patrón debe contar con procedimientos de descontaminación; o en caso de que el EPP quede obsoleto o se dañe, deberá someterse a un proceso de destrucción o manejo especial para evitar ser reutilizado, lo cual exige adquirir nuevos productos.

2. Responsabilidad extendida a contratistas y visitantes

Aquellos centros de trabajo que cuenten con contratación de servicios especializados deben asegurar que los trabajadores, así como los visitantes, como proveedores, inspectores, asesores, auditores, verificadores o compradores que ingresen a áreas donde se requiera el uso obligatorio de EPP, deben recibir el equipo adecuado durante su estancia.

Para garantizar la mayor protección, el centro de trabajo, además de otorgar equipo de protección suficiente, el patrón deberá contar con señalética y la debida orientación a los visitantes sobre cómo usar el equipo, lo cual, en suma, aumenta el universo de inversión en protección.

3. Capacitación constante

La NOM-017 exige que los patrones brinden capacitación y adiestramiento periódico a los trabajadores para identificar el equipo de protección personal que deben usar según al riesgo al que están expuestos, y sobre cómo utilizarlo, revisarlo, limpiarlo, las limitaciones que tiene, su mantenimiento y resguardo.

Sobre esto último, los patrones necesitan informar a los trabajadores cuáles riesgos de trabajo a los que están expuestos para que haya claridad sobre el tema, además, así podrá darle un mejor uso al equipo de protección que utilice y eso se podría traducir en la prolongación de la vida útil del EPP y disminuir también el índice de incidentes, ello requiere de reglas y procedimientos claros.

Las instrucciones producto de la capacitación y el adiestramiento deberán ser teóricas y contar con entrenamiento práctico; además, deberán reforzarse por lo menos cada 2 años, así como cuando se cambie el equipo o modifiquen las condiciones que afecten el uso del EPP; todo en cualquier caso deberá registrarse.

4. Mayor registro y supervisión

Con la nueva norma deberá haber registro del análisis de riesgo realizado por la empresa, el cual deberá incluir situaciones específicas por puesto y por área, considerando tanto riesgos físicos, como mecánicos, químicos y biológicos, esto permitirá tener un mejor control del equipo que se necesita, así como realizar una asignación más precisa del mismo.

En el caso, por ejemplo, del mantenimiento del equipo de protección, debe haber registro de su entrega, limpieza, reposición y todo lo que se relacione con su cuidado, así como un control documental que lleve un control de todo lo que se refiere a prevención de riesgos y medidas de cuidado en el trabajo para que, ante inspecciones de la autoridad, se eviten multan.

Como parte del registro documental que debe tenerse está la determinación del equipo de protección personal y la ropa de trabajo que usan las personas según los riesgos en los que se encuentran, las capacitaciones que se le da al personal y el mantenimiento que se hace del EPP.

5. Contratación de inspectores

El patrón tiene la opción de contratar una Unidad de Inspección que esté acreditada y aprobada por la autoridad que ayude a evaluar que se cumple con lo establecido en la norma, en caso de ser así, quien evalúa al centro de trabajo emitirá un dictamen que tendrá una vigencia de 2 años y servirá como prueba de cumplimiento ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

La contratación de este servicio podría considerarse un costo de consultoría adicional dentro del presupuesto del negocio, y más allá de percibirse como un gasto, podría justificarse como una inversión que no solo reducirá la incertidumbre, sino también el riesgo de ser sancionado durante las inspecciones laborales.

Periodista con enfoque jurídico especializada en derechos y políticas laborales, bienestar y salud mental organizacional; egresada de la Maestría en Periodismo Político por la Carlos Septién García.

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