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Opinión

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¿Pagaste al IPAB tu seguro de depósito el mes pasado?

Espera, no te preocupes, sí está pagado pero por el banco en el que tienes tu cuenta como viene sucediendo desde hace más de 20 años, a partir de la creación del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.

Hace unos días, un colega comentó que había escuchado que en la revocación de la licencia de Banco FAMSA por la CNBV, el IPAB se había quedado sin recursos suficientes para pagar a sus ahorradores; rápidamente contesté que no era cierto y que incluso, los tenía para cubrir también a los depositantes de Banco ACCENDO, recientemente revocado, y aún para otras circunstancias similares. Obvio, me quedé con la inquietud de revisar el tema.

Primero, recordemos que cuando depositas tus recursos en un banco uno de los principales beneficios que logras, es precisamente la garantía de que aún en un supuesto de quiebra de la Entidad, si el importe que tienes depositado es igual o menor al equivalente de 400,000 UDIs (actualmente, alrededor de $2,970,000 m. n.), por persona por institución, ese importe está asegurado, así tal cual. Es un seguro que por Ley contratan obligatoriamente los bancos en los países desarrollados del mundo, en donde el beneficiario eres tú como cuentahabiente depositante, el asegurador en México es el IPAB, la prima la pagan a su cargo los bancos y el importe cubierto es el que ya comentamos; igual que en un seguro de vida, auto o gastos médicos, mismo que cuando se actualiza el riesgo contratado, se reclama y se recibe la indemnización pactada.

Por ejemplo, según la información publicada en su portal institucional por el IPAB, después de aplicar las fórmulas respectivas considerando las obligaciones garantizadas que tiene cada institución bancaria, algunos de los pagos recibidos durante el primer trimestre del año fueron: BBVA $1,712,922,692; Santander $984,674,069; Banorte $930,499,185; Banamex $923,117,139; HSBC $546,112,146, y así sucesivamente, con todas las Entidades obligadas. En total, de enero a marzo de 2022, el IPAB reporta haber recibido de los bancos poco más de 7,300 millones de pesos por concepto de cuotas; en nuestro ejemplo, son las primas de tu seguro de depósito, el mío y el de todos los tengan depósitos bancarios.

Entonces, el acumulado de esos recursos se aplica por Ley a cubrir diferentes conceptos, incluyendo el Fondo que sirve de respaldo precisamente, para hacer frente a la contingencia de una quiebra bancaria, y su consecuente pago a los depositantes afectados en la medida en que les corresponda, según lo dispuesto por la misma Ley de Protección al Ahorro Bancario. El saldo al 30 de junio pasado, de dicho Fondo es de $53, 352 millones de pesos m. n.

Por otra parte, como en cualquier póliza de seguro, hay causales de exclusión o de no pago (contempladas en el Artículo 10 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario), que implican el tipo de operación o cuenta de que se trate, el hecho de que por ejemplo, sea el caso de una cuenta de ahorro que tenía el propio Director General del banco quebrado en el mismo banco que administraba, etc., así como el supuesto de quienes tuvieran en dicha institución, más del equivalente a las 400,000 UDIs ya mencionadas, en cuyo caso el excedente no está asegurado y deberá reclamarse por la vía concursal.

Esto es importante, porque entonces no todos los depósitos están garantizados (sólo están cubiertos los contemplados en las Fracciones I y II del Artículo 46 de la Ley de Instituciones de Crédito) y con ello se logra, cubrir en promedio al 99.89% de las cuentas que hay en esas instituciones, o sea, la gran mayoría de la clientela bancaria.

Regresando a la duda inicial, puedes revisar en tus estados de cuenta y por Ley, tu banco debe precisarte cuáles de dichas cuentas o instrumentos sí están cubiertos por el seguro de depósito, y estar tranquilo entonces de que tu prima está pagada. Por otra parte, aun considerando las quiebras de Banco FAMSA y Banco ACCENDO, el Fondo sigue teniendo la solvencia suficiente.

Twitter: @LBartolini

E-mail: lbartolini01@gmail.com

rrg

 

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