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Se afinan reglas para el sandbox mexicano en la Conamer
Los modelos novedosos se contemplan para esquemas diferentes a fondos de pago electrónico y fondeo colectivo.

En la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) ya se encuentran las reglas que tendrán que cumplir aquellos participantes interesados en probar nuevos modelos de negocio relacionados con la tecnología financiera, por lo que se está a unos días de que éstas sean oficiales en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y así México cuente con su caja de arena regulatoria en materia fintech.
En la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, conocida como Ley Fintech, publicada en el DOF en marzo pasado, se contempla la figura de modelos novedosos, por la cual, tanto instituciones financieras tradicionales como empresas tecnológicas, podrán experimentar con esquemas no previstos en la ley.
La Ley Fintech sólo reconoce dos figuras: la de fondos de pago electrónico y la de fondeo colectivo; sin embargo, los modelos novedosos se contemplan para otros esquemas diferentes a éstos, los cuales funcionarían con una autorización temporal, bajo un espectro controlado y una operación limitada, con la finalidad de saber cómo regular su actividad en caso de que demuestre su éxito.
Aunque en la Ley Fintech publicada en marzo pasado ya se contemplan algunos aspectos para la autorización de estos modelos, tales como los detalles de la propuesta del esquema, la información que se deberá presentar a la autoridad y los lineamientos a los que se deberán de apegar las entidades financieras tradicionales que quieran probar modelos, el anteproyecto en Conamer prevé reglas adicionales que se deberán de cumplir para ser autorizados.
“La Comisión Nacional Bancaria y de Valores podrá determinar los criterios y condiciones para el otorgamiento de la autorización temporal, así como solicitar la información necesaria a incluir en el reporte que las citadas sociedades deben elaborar y presentar a la comisión”, detalla el documento.
Además, el anteproyecto en Conamer también prevé la manera en que la autoridad, es decir la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), deberá estructurar el registro de los modelos novedosos autorizados.
“Que el mismo ordenamiento legal faculta a la comisión para llevar un registro de dichas sociedades autorizadas que será público y cuya difusión se realizará a través de la página electrónica de la comisión en Internet”, se puede leer en el anteproyecto de Conamer.
Información necesaria
Los participantes que busquen una autorización de un modelo novedoso tendrán que presentar cierta información en su propuesta para ser autorizados, como por ejemplo, información de su operación, datos de localización, descripción de su esquema, sus políticas de análisis de riesgo en materia de ciberseguridad, una proyección de los beneficios potenciales para sus clientes y el mercado objetivo al que iría dirigido, según lo publicado en marzo pasado.
Asimismo, de acuerdo con los requisitos complementarios, se tendrá que presentar documentación legal de la empresa interesada en recibir la autorización, su Registro Federal de Contribuyente, su nombre comercial que se ofrecerá al público y, además, una relación de las personas que directa o indirectamente tendrán una participación en el capital social de la entidad autorizada, entre otros requerimientos.
“Si existe participación de personas morales o fideicomisos, de manera directa o indirecta en el capital social de la posible sociedad autorizada, deberá acompañarse además, copia del instrumento público o documento en el que conste la constitución de la persona moral y los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio, o bien, copia del contrato de fideicomiso respectivo”, explica el anteproyecto.
El modelo de esquemas novedosos ya se implementa en otras naciones como el Reino Unido y Singapur, donde se le conoce como regulatory sandbox (caja de arena regulatoria). En México, se prevé que para las entidades tecnológicas no reguladas se dará un plazo de prueba de hasta dos años, mientras que para las entidades reguladas la autorización será de hasta un año, que puede ser prorrogable por única vez por otro año más.