Lectura 2:00 min
La SHCP emite reglas para compra de dólares en casas de cambio
Las casas de cambio que operan en el país tendrán que participar como los bancos en la prevención en el lavado de dinero, por lo que se les regularán las operaciones en dólares en efectivo que realizan con personas físicas y morales.
Las casas de cambio que operan en el país tendrán que participar como los bancos en la prevención en el lavado de dinero, por lo que se les regularán las operaciones en dólares en efectivo que realizan con personas físicas y morales.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió el reglamento que las casas de cambio deberán de aplicar una vez que entre en vigor la restricción para recibir la moneda estadounidense.
Los negocios podrán recibir montos de personas físicas de hasta 4,000 dólares al mes, mientras que por personas morales el límite será de 7,000 dólares.
Las casas de cambio deberán abstenerse de realizar operaciones con dinero en efectivo superiores a los 300 dólares por residentes mexicanos.
Sin embargo, el documento especifica que los extranjeros quedan exentos de tal limitación.
La resolución que reforma y adiciona las disposiciones, se publicó ayer en el Diario Oficial de la Federación y obliga a los negocios a entregar reportes de operaciones de compra y recepción de dólares, mismos que tendrán que reportarse los 10 primeros días hábiles de enero, abril, junio y octubre del 2011 a la dependencia.
Los intermediaros tendrán la obligación de integrar expedientes de identificación de los usuarios que realicen operaciones por arriba de 3,000 dólares.
Además, deberán archivar los datos de identidad de cada uno de los usuarios y establecer mecanismos de escalamiento de aprobación interna cuando reciba en sucursales dólares en efectivo por 10,000 dólares o en moneda nacional por montos superiores a los 300,000 pesos para operaciones individuales de compra y recepción de pago de servicios o transferencias.
Los negocios podrán realizar las transacciones de dólares con más facilidad en las sucursales que se encuentren en una franja de 20 kilómetros paralela a la línea divisoria del norte del país.
Se informó que los intermediaros tendrán que mantener por un periodo de 10 años la copia de los reportes de operaciones relevantes y en efectivo con dólares.
En los próximos días, la SHCP publicará la lista de municipios y delegaciones donde las casas de cambio tendrían menos restricciones con la moneda americana.
ytorres@eleconomista.com.mx