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Suprema Corte avala uso de testimonios grabados para evitar revictimización
El pleno de la SCJN resolvió que en los casos en que se ordene reponer el juicio se debe incorporar como medio de prueba la videograbación de la declaración de la víctima, a fin de evitar su comparecencia en persona y la consecuente revictimización.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que en los casos en que se ordene reponer el juicio se debe incorporar como medio de prueba la videograbación de la declaración de la víctima, a fin de evitar su comparecencia en persona y la consecuente revictimización.
“En el caso concreto, esta Suprema Corte advierte que la declaración de la víctima constituye una actuación probatoria cuya reiteración no puede analizarse exclusivamente desde la perspectiva de la necesidad formal de repetir el acto procesal, sino también atendiendo a las consecuencias constitucionales que dicha repetición podría generar para la persona que resintió directamente la conducta delictiva”, consigna el fallo.
Bajo la ponencia de Sara Herrerías Guerra, al resolver el amparo directo en revisión 875/2026, el máximo tribunal constitucional determinó que la reproducción de la videograbación de la declaración de la víctima constituye una medida dirigida a preservar un equilibrio entre los derechos que concurren en el proceso penal.
“Por una parte, garantiza que el tribunal de enjuiciamiento conozca directamente el contenido de la prueba testimonial mediante el registro audiovisual de su producción; y, por otra, evita imponer a la víctima la reiteración de una diligencia cuya realización no resulta indispensable para preservar el derecho de defensa de la persona acusada; medida constitucionalmente admisible frente a la posible afectación de los principios de inmediación y contradicción alegada por el recurrente”.
El caso
El caso resuelto se originó por la comisión del delito de secuestro agravado perpetrado en contra de R.L.M, a quien sus cinco captores, entre ellos el recurrente quien fue sentenciado a 55 años de cárcel y apeló para que se reponga el juicio, amputaron el dedo meñique derecho y luego la mano derecha para presionar a sus familiares a pagar cinco millones de pesos por su rescate.
El cautiverio concluyó por la intervención de elementos de la policía de investigación adscritos a la entonces Procuraduría General de Justicia de Guanajuato; el ocho de julio de 2016, al investigar los hechos, localizaron el lugar en donde la víctima se encontraba cautiva y lo liberaron.

