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Detecta CNDH caso de negligencia en tratamiento de preso
En la Recomendación 003/2026, la CNDH concluyó que existieron violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y a la muerte digna en agravio de la víctima, así como al derecho de acceso a la información en materia de salud, tanto del interno como de tres personas más.

La comisión nacional indicó que se debe mejorar la atención en salud dentro del sistema penitenciario.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) solicitó al Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Reinserción Social (OADPRS) reparar integralmente el daño a los familiares de una persona privada de la libertad que padecía cáncer terminal y falleció en el Centro Federal de Reinserción Social (Cefereso) número 14 “CPS Durango”, tras acreditar deficiencias graves en la atención médica que recibió.
En la Recomendación 003/2026, la CNDH concluyó que existieron violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y a la muerte digna en agravio de la víctima, así como al derecho de acceso a la información en materia de salud, tanto del interno como de tres personas más.
Según la investigación, la persona fallecida fue diagnosticada desde marzo de 2020 con la bacteria Helicobacter pylori; sin embargo, no recibió tratamiento adecuado ni seguimiento oportuno dentro del penal. La falta de atención médica integral provocó el agravamiento de su estado de salud hasta desarrollar cáncer gástrico en fase terminal. El interno falleció el 10 de septiembre de 2022.
Además, se documentó que, ante la deficiente atención en el penal, tuvo que ser un médico particular quien emitiera el diagnóstico especializado. Aunque el interno fue atendido por al menos cinco médicos penitenciarios, el manejo clínico fue considerado inadecuado. Además, entre abril de 2021 y febrero de 2022 no existen notas clínicas, lo que evidencia falta de seguimiento médico durante casi un año.
El expediente también señaló que durante su estancia en el área médica del penal no se le suministraron medicamentos por problemas de desabasto, y que la autoridad penitenciaria no pudo acreditar que se le brindara supervisión periódica, cuidados paliativos, apoyo psicológico o tanatológico para aliviar el sufrimiento propio de una enfermedad terminal.
Por estos hechos, la CNDH dirigió la recomendación al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Reinserción Social (OADPRS), dependiente de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a quien solicitó garantizar la reparación integral del daño a las víctimas indirectas, así como brindarles atención psicológica y tanatológica.
Asimismo, pidió implementar procesos de capacitación dirigidos al personal del Centro Federal de Reinserción Social No. 14, en especial al área médica, para fortalecer el respeto al trato digno, la integridad personal y la no discriminación de las personas privadas de la libertad con enfermedades terminales.
La Comisión también recomendó la conformación de equipos multidisciplinarios que establezcan rutas de atención médica integral y paliativa para internos en fase terminal, e incorporar estos casos en las sesiones colegiadas donde se analizan los asuntos médicos de mayor relevancia en los centros penitenciarios federales.

