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Política

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Avanza en comisiones de San Lázaro reforma para prohibir doble nacionalidad de candidatos a gobernador y Presidencia

El dictamen fue remitido a la Mesa Directiva para agendar su discusión y votación por el pleno el próximo día 21.

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Rolando Ramos

La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó, por 32 votos y cinco del PRI y MC en contra, el decreto por el que se reforma la Constitución, a propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum, para establecer la prohibición de tener doble nacionalidad a quien aspire a la Presidencia de la República, las gubernaturas o la jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.

El dictamen fue remitido a la Mesa Directiva para agendar su discusión y votación por el pleno el próximo día 21.

Durante tres horas de discusión, la oposición del PAN, PRI y MC criticaron los cambios a los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución, aunque al momento de la votación los panistas se ausentaron.

De acuerdo con el decreto, se reformará la fracción 1 del artículo 82 constitucional para establecer expresamente que, además de los requisitos actualmente previstos para ser Presidente de la República, será necesario no tener ni adquirir otra nacionalidad y, en caso de tenerla, que se renuncie a ella previo a solicitar el registro como candidato, en los términos que establezca la ley.

La iniciativa presidencial, consigna, no establece una prohibición absoluta para que una persona mexicana que actualmente posea otra nacionalidad pueda aspirar a la

Presidencia de la República o a la gubernatura de una entidad federativa, sino que preserva plenamente esa posibilidad siempre que, antes de su registro, haya renunciado efectivamente a la nacionalidad extranjera.

“De esta manera, la exigencia no descansa únicamente en una declaración formulada ante las autoridades mexicanas. La legislación secundaria deberá asegurar que la renuncia comprenda también las actuaciones necesarias frente al Estado extranjero que atribuye esa nacionalidad, de forma que exista certeza sobre la exclusividad del vínculo jurídico exigido para ejercer el cargo’’, precisa.

Se establece expresamente que quien ejerza la Presidencia de la República no podrá adquirir ni solicitar otra nacionalidad ni invocar ante una autoridad extranjera una nacionalidad distinta de la mexicana y algunas conductas incompatibles con esta obligación, entre ellas el uso de pasaporte o documento de identidad expedido por un Estado extranjero, el ejercicio de derechos políticos inherentes a la ciudadanía ante este y el acogimiento a su protección diplomática.

“Estas previsiones son necesarias para que el requisito constitucional no opere exclusivamente al momento de la elección, sino que se mantenga durante todo el ejercicio de la función. La lealtad exclusiva que se exige para acceder al cargo debe conservarse mientras subsista la responsabilidad pública.

"Por esa razón, su incumplimiento quedará sujeto al régimen de responsabilidades previsto en el Título Cuarto de la Constitución", cita el decreto.

rolando.ramos@eleconomista.mx

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