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Las amarguras de ESSA
Obligada a entregar a Mitsubishi su producción a un precio preferencial, Exportadora de Sal empresa en la que el gobierno mexicano es accionista mayoritario y la corporación japonesa está asociada no puede optar por otros clientes potenciales. Desde hace cuatro décadas, Mitsubishi tiene en exclusiva los derechos sobre la riqueza natural explotada en la mina a cielo abierto de cloruro de sodio más grande del mundo. Y desde el 2010 adquirió el rol de único comprador, distribuidor y comercializador en todo el mundo de la sal que se produce en las playas de la Laguna Ojo de Liebre, Baja California Sur.
Este compromiso podría terminar abruptamente si prospera la reclamación contra Mitsubishi, por interferencia dolosa y monopolio, interpuesta hace dos semanas en una corte federal del Distrito Central de California. El reclamante es Sea Breeze, una empresa que se abastecería de la sal que le entregaría Innofood, una compañía tapatía que tenía un contrato con ESSA. Los abogados de ambas firmas acudieron a los tribunales californianos para reclamar una indemnización por 600 millones de dólares por la que tendrían que responder el gobierno mexicano y el corporativo japonés.
A finales del 2013, los directivos de la comercializadora mexicana de alimentos pactaron con ESSA encabezada entonces por el exdiputado priista Jorge Humberto López Portillo Basave abastecerse de sal marina. El contrato, que cubría una dotación de 20,000 toneladas mensuales, fue suscrito el 28 de febrero del 2014. La firma jalisciense posteriormente pactó con Sea Breeze, quien entregaría el producto a los distribuidores de las tiendas de autoservicio de EU.
En febrero del 2015, ESSA dejó de vender y entregar los cargamentos de sal para Innofood, inmediatamente después de la salida del funcionario peñista de la paraestatal. Los demandantes sostienen que los representantes de Mitsubishi en ESSA han forzado a sus socios mexicanos a venderles en exclusiva la producción anual, que supera los 800 millones de toneladas.
Durante un año, la firma jalisciense trató de resolver el diferendo en instancias locales. El 21 de mayo del 2015 acudió al Centro de Arbitraje de México (Expediente CAM 0090/2015) para solicitar la declaración de resolución por incumplimiento de contrato y pago de daños y perjuicios, pero no fue designado un árbitro único para resolver la controversia.
Ahora, invocando un lucro cesante , Sea Breeze estimó las pérdidas generadas por el desplazamiento que atribuye a Mitsubishi en 500 millones de dólares, mientras que Innofood reclama de 100 millones de dólares.
Esta demanda llegó un mes después de que en otra Corte federal de California, un juez desestimara la queja sustentada por PackSys por la cancelación del contrato para la venta de salmuera residual, firmado también por López-Portillo Basave.
Al haber ocurrido esos hechos fuera del país, la querella era improcedente en las cortes estadounidenses, determinó el juez sin entrar al fondo del asunto. En el 2017, la exportadora de sal cumplirá 60 años de operaciones ininterrumpidas en las costas bajacalifornianas. Originalmente fue fundada por el empresario estadounidense Daniel Ludwig pero en 1977 quedó en manos del consorcio mexicano-japonés.
El expediente 16-cv-02345 está en curso. Jill Basinger, Rory Miller y Louise Nutt son los abogados de Innofood y Sea Breeze. Entre los empresarios mexicanos firmantes de la demanda están Eduardo Hernández Urtiz Gómez Ibarra, José Luis Romero Hernández, Verónica Madrigal Villaburu y Carolina Jiménez Michel.
Mitsubishi ha enfrentado por lo menos media docena de demandas en distintas cortes federales de EU por las que ha pagado 700 millones de dólares.
Además de las acciones judiciales emprendidas por Innofood y Packsys en Estados Unidos por incumplimiento en los contratos de abastecimiento de sal y de salmuera industrial, las presuntas prácticas monopólicas de ESSA también son materia de revisión por parte del Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia.
El 1 de diciembre del 2015, la autoridad investigadora emitió el acuerdo de inicio del procedimiento de investigación, tras de que se observara la existencia de una causa objetiva para iniciar una investigación, por la presunta existencia de prácticas monopólicas relativas . La quejosa solicitó que ese órgano autónomo hiciera uso de sus atribuciones y en concreto, que ordene la desincorporación de acciones de ESSA, para que Mitsubishi Corporation no tenga un haber accionario que le permita designar a los miembros del consejo de administración que deciden a qué precio vender la sal a la misma Mitsubishi.
EFECTOS SECUNDARIOS
APUROS. Los integrantes de las distintas comisiones de Relaciones Exteriores en el Senado deberán trabajar tiempos extras. Y es que antes de que concluya el periodo extraordinario deberán desahogar los nombramientos de 33 representantes diplomáticos.
El Ejecutivo federal remitió un paquete de 12 nombramientos entre los que está Carlos Sada, el nuevo representante en Washington DC, y ninguna mujer.