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Opinión

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Las Conferencias de Yalta y Potsdam, antecedente de los derechos humanos

La Conferencia de Yalta, se celebró del 4 al 11 de febrero de 1945, en la Península de Crimea, entre: Winston Churchill, Franklin Delano Roosevelt y Iósif Stalin.

Los aliados tras el éxito de Normandía, la capitulación de Italia, la retirada de Alemania de Europa Occidental y la liberación de Bulgaria, Rumania y Polonia por parte de la URSS establecieron cláusulas a cumplir.

Durante la guerra fría se mantuvo la idea de que en Yalta se había producido la división del mundo entre las potencias occidentales y la URSS. La realidad no es esa.

La situación en el momento de la Conferencia favorecía claramente a Stalin. Tras las impresionantes ofensivas del Ejército Rojo en 1944, las tropas soviéticas se hallaban a 70 kilómetros de Berlín y ocupaban prácticamente toda la Europa central y oriental.

Al mismo tiempo, el mantenimiento del pacto de neutralidad con Japón permitía a Moscú mantener una posición de fuerza en todo lo relacionado con las cuestiones polaca y alemana.

Antes de Yalta, Roosevelt y Churchill habían suscrito la Carta del Atlántico por la que, en caso de la victoria, se tomarían las siguientes medidas: (I) renuncian a expansionarse; (II) derecho a los países a elegir su forma de gobierno; (III) colaboraciones económicas; (IV) condena al nazismo y desarme de las potencias del Eje; y, (V) abandono del uso de la fuerza.

Estos principios, a la postre, habrán de sostener la Declaración de Naciones Unidas, del 1 de enero de 1947.

La Conferencia de Potsdam, que tuvo verificativo entre el 17 de julio y el 2 de agosto de 1945, permitió concretar los siguientes acuerdos: (I) se redacta la Carta de las Naciones; (II) división de Alemania y Berlín en cuatro zonas de ocupación; (III) se amplían fronteras rusas y las polacas a costa de Alemania; y, (IV) creación de la Comisión Interaliada.

En la Conferencia de Yalta se acordó: (I) Alemania sería desmilitarizada y dividida en cuatro zonas de ocupación de la URSS, EEUU, Gran Bretaña y Francia; (II) estaría sujeta a fuertes reparaciones financieras y perdería la Prusia Oriental y parte de Pomerania, quedando su frontera oriental fijada en la línea marcada por los ríos Oder y Neisse; (III) se estableció que un tribunal internacional juzgaría a los principales criminales de guerra nazis, lo que posteriormente serían los Juicios de Nuremberg; (IV) Polonia sería desplazada hacia el oeste, anexionándose los territorios que Alemania perdía en el oriente y cediendo en el oriente los territorios que habían quedado bajo el dominio soviético tras el pacto de no agresión germano-soviético en 1939; (V) el Comité de Lublin, formado esencialmente por comunistas, constituirían el núcleo principal del futuro gobierno polaco, aunque también tendrán presencia los miembros del gobierno provisional polaco con sede en Londres; y, (VI) respecto a la Organización de las Naciones Unidas, se acordó un compromiso sobre la fórmula de voto en el futuro Consejo de Seguridad, poniendo el énfasis en el papel clave de las grandes potencias vencedoras en la futura organización de la paz.

Se aprobó la Declaración sobre la Europa liberada en la que los jefes se comprometieron a que la reconstrucción de Europa se hiciera por medios democráticos constituyendo gobiernos democráticos ampliamente representativos de todos los elementos no fascistas de cada nación.

Aún estamos cumpliendo el 75º aniversario de esos cimientos de los derechos humanos y vemos con pasmo la muy diseminada presencia -fundamentalmente en las democracias ubicadas en el Norte-, de grupos extremistas incrustados en las bases sociales que evocan el fascismo, el nazismo y la supremacía racial.

Debemos voltear al pasado, ya sabemos lo que tenemos que hacer.

*Investigador del Instituto Nacional de Ciencias Penales.

abreuyabreujuancarlos@gmail.com

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