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Opinión

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La Cultura de la Paz, Mediación a Distancia III

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Pascual Hernández Mergoldd

La mediación presencial se caracteriza por desarrollarse en sesiones a las que acuden personalmente los mediados y el mediador. Se realizan cara a cara, lo que hace posible una interacción eficiente.

Sin embargo, debido a que los servicios para la gestión y resolución de conflictos a cargo de centros o institutos de mediación están sujetos a horarios y calendarios determinados por el Tribunal del que forman parte y por la programación de la atención de las solicitudes de servicio, la realización de las sesiones de mediación y la definición de acuerdos para la gestión y resolución del conflicto o controversia de que se trate suelen retrasarse.

Adicionalmente, las personas que deciden aprovechar la mediación muchas veces deben faltar a su trabajo, pedir permiso o utilizar su descanso, además de trasladarse desde sitios alejados para poder asistir a la sesión de mediación programada.

Esas desventajas no se presentan en los servicios que proporcionan los mediadores privados ya que no están sujetos a los horarios ni calendarios mencionados y pueden trasladarse a donde los mediados lo requieran. Tampoco la mediación a distancia presenta esos obstáculos.

A medida que la sociedad se hace más compleja, globalizada e inestable, los profesionales de la resolución de conflictos debemos ir desarrollando procedimientos y metodologías que se adecuen a esa nueva realidad. La mediación en línea –y otros procedimientos de resolución de conflictos realizados en el entorno cibernético— es un proceso que utiliza las nuevas tecnologías de la información (especialmente Internet) para ayudar a resolver disputas que se producen tanto en el mundo real como en el virtual.**

La principal ventaja de la mediación en línea es su inmediatez, como comentamos en nuestra anterior entrega, permite la gestión, resolución y prevención de controversias o conflictos de manera barata y rápida ya que evita desplazamientos de personas. En internet las personas pueden disponer las veinticuatro horas de todos los días de prácticamente cualquier cosa.

En el caso de la mediación a distancia es posible actuar muy rápidamente, pues no existen problemas para concertar una cita o una sesión de mediación, ni para desplazarse. Se puede abrir el espacio virtual de una mediación de manera inmediata, y el cybermediador puede estar en cualquier parte del mundo. Esto significa que es posible atender las expectativas de la gente de un servicio instantáneo, rápido y eficaz de mediación.

Como en todo cambio existen quienes se oponen, en el caso de la mediación a distancia la discusión versa sobre la conveniencia de la utilización de herramientas profesionales apropiadas para la gestión, resolución y prevención de conflictos a distancia. Sobre todo, quienes insisten en que los mecanismos pacíficos de solución de controversias sólo están pensados para ser utilizados de manera presencial, pues suponen una ausencia de comunicación verbal que implicaría la imposibilidad de analizar y manejar las emociones presentes en la relación, o que sólo se centraría en los resultados y no en la capacidad transformativa de la relación.

Podemos afirmar que, como lo comentamos en nuestras anteriores entregas sobre este tema, si por mediación a distancia se entiende la que se realice utilizando el correo electrónico, la mensajería instantánea y los mensajes de texto; en efecto, la realización de una pretendida mediación a distancia no es recomendable.

Insistimos en que una mediación a distancia sólo podrá ser eficiente y confiable si se cuenta con una plataforma de mediación digital que cumpla con los requisitos de gestión documental, almacenamiento, transmisión y confirmación de datos, como los establecidos en la norma oficial mexicana aplicable.

Las personas que viven en diferentes zonas horarias y optan por los servicios a mediación a distancia pueden comunicarse y celebrar sesiones con la continuidad necesaria para lograr acuerdos y construir la solución que les convenga. Esto es posible en atención a las necesidades temporales específicas de todos los participantes, aprovechando la comunicación por internet de forma asincrónica.

Comunicarse de forma asincrónica ocurre cuando los participantes pueden comunicarse entre sí, sin estar conectados a la plataforma correspondiente al mismo tiempo, es decir pueden comunicarse en momentos distintos.

En una mediación presencial la interacción entre los mediados y el mediador se produce en tiempo real, de tal suerte que las reacciones ocurren según va transcurriendo cada sesión. Por lo general se espera que los mediados reaccionen con rapidez. El desahogo de las sesiones puede interrumpirse cuando el mediador considera conveniente reunirse por separado, en privado, con alguno o todos los mediados. Esta asincronía, permite que los mediados tengan tiempo para reflexionar y para reducir su calentamiento emocional, en vez de que se produzca una inconveniente escalada del conflicto en la sesión presencial.

En la mediación a distancia existe la posibilidad de la comunicación asincrónica, que ya mencionamos, en la que no se espera una respuesta inmediata de los mediados, quienes pueden conectarse en distintos momentos del día o de la noche, y pueden retomar la comunicación después de reflexionar su posición e intereses.

Debemos reconocer que estamos en el umbral de la mediación a distancia y que todavía nos falta mucho por construir para que dichos servicios sean una realidad confiable y eficiente. En esas vías debemos insistir para mejorarlas y ensancharlas; ahí está una respuesta real de distensión social, a la cultura de la paz.

Pascual Hernández Mergoldd es Abogado y mediador profesional.

phmergoldd@anmediacion.com.mx

Twitter: @Phmergoldd

**Ver Ramón Alzate S. Revista de Mediación, ADR, Análisis y Resolución de Conflictos

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