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En abril se presenta la declaración anual
¿Está al corriente con sus declaraciones mensuales? Recuerde que en abril deberá presentar su declaración anual de impuestos, así que está más que a tiempo de poner en orden recibos, facturas y otros comprobantes.

¿Está al corriente con sus declaraciones mensuales? Recuerde que en abril deberá presentar su declaración anual de impuestos, así que está más que a tiempo de poner en orden recibos, facturas y otros comprobantes.
Marzo es el mes para que las personas morales presenten su declaración anual y en abril corresponde a las personas físicas.
El régimen (giro o actividad económica) bajo el cual se encuentran los contribuyentes, determina el tipo de declaración que debe realizar , explicaron funcionarios del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Por ejemplo, aunque los asalariados no están obligados a presentar declaraciones mensuales, están obligados a presentar declaración en el caso de tener dos o más patrones, o si sus ingresos en el periodo fueron iguales o mayores a 400,000 pesos brutos en el año, detalla el SAT.
Cabe destacar que gracias a que el proceso para recaudar se ha hecho más sencillo, la evasión fiscal se redujo 16 puntos porcentuales entre el 2000 y el 2008. En el 2009 se recaudaron 536,668 millones de pesos por concepto de ISR.
Para ponerse al día
Estar al corriente con el fisco le evitará multas, recargos por actualizaciones e incluso el embargo de bienes por parte de las autoridades.
Otra de las ventajas de presentar su declaración en tiempo y forma es que si llega a tener saldo a favor, puede hacer efectiva la devolución de impuestos de forma más rápida.
Para ponerse al corriente es importante llevar un registro de ingresos y egresos (gastos). El registro se puede llevar en una libreta o en una tabla en Excel.
Para tener un mejor control de lo que gastó en el año, tenga a la mano todos los recibos, comprobantes y facturas que servirán como comprobantes.
Aparte, enumere los gastos que puede deducir como honorarios médicos, gastos funerarios, hospitalarios, etcétera.
Las declaraciones obligatorias son IVA, ISR y, si aplica, IETU. Además, en caso de tener empleados, deberá declarar las retenciones que haga a éstos por los mismos conceptos de impuestos.
Trámite sencillo
Lo importante es que no se tiene que hacer ningún trámite adicional para ponerse al corriente, ya que el SAT -a través de su página en Internet- permite presentar declaraciones de meses o incluso años anteriores.
Al ponerse al corriente en sus declaraciones sea cuidadoso en especificar si en ese mes hubo actividad o no, ya que no se podrá declarar en ceros si no hay motivo para ello.
Y para hacer más sencillo estar al corriente, la autoridad tributaria ha puesto a disposición de los contribuyentes herramientas como la Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) y de la Firma Electrónica Avanzada (Fiel), las cuales le ayudan a realizar casi cualquier trámite fiscal desde la comodidad de su casa u oficina a través de una computadora.
También hay otros canales informativos en sitios populares como YouTube, donde hay tutoriales que lo asesoran en los trámites más recurrentes, o Twitter donde hay actualizaciones constantes.
glopez@eleconomista.com.mx