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Aval a convenio aéreo avanza en el Senado

El Convenio Bilateral en Materia de Aviación que firmaron los gobiernos de México y Estados Unidos el pasado 18 de diciembre en Washington avanzó en comisiones del Senado y la próxima semana se pondrá a consideración del pleno.

El Convenio Bilateral en Materia de Aviación que firmaron los gobiernos de México y Estados Unidos el pasado 18 de diciembre en Washington avanzó en comisiones del Senado y la próxima semana se pondrá a consideración del pleno.

Este jueves, las comisiones de Relaciones Exteriores América del Norte y la de Comunicaciones y Transportes avalaron, por separado, el convenio con el que se pretende mejorar los servicios aéreos al fomentar la apertura de más rutas y frecuencias y por ende mejores precios; además establece condiciones máximas de seguridad en el transporte, en la prestación de servicios aéreos y en el impulso de la conectividad.

El próximo lunes, el instrumento será avalado por la Comisión de Relaciones Exteriores. Con esto las tres comisiones encargadas de su análisis le darán el visto bueno luego de que funcionarios, sindicatos de aviación, trabajadores en la materia y órganos reguladores lo respaldaron en un foro organizado por la senadora Marcela Guerra.

Con este instrumento internacional también se espera que el sector turístico aumente en 16%, lo que podría dejar una derrama extra a México hasta por 650 millones de dólares, además de que se estima un ahorro para los usuarios de 110 millones de dólares anuales.

A inicios de marzo, el presidente Enrique Peña Nieto envió el acuerdo bilateral al Senado para su ratificación y aclaró que éste prohíbe expresamente el cabotaje, por el contrario, impulsa la conectividad para que haya una industria de transporte sólida y competitiva.

Argumentó que el documento contiene disposiciones que permitirá a México y Estados Unidos combinar diferentes modos de transporte, designar cualquier número de aerolíneas para la operación de transporte tanto de pasajeros como de carga, sin que existan restricciones en frecuencias, capacidad y tipos de aeronaves.

El instrumento que se somete a aprobación establece que las líneas aéreas designadas por cada una de las Partes podrán efectuar vuelos a través del territorio de la otra Parte sin aterrizar; efectuar escalas en el territorio de la otra Parte para fines no comerciales, y efectuar escalas en los puntos de las rutas acordadas conjuntamente por las autoridades aeronáuticas de ambas Partes, para embarcar y desembarcar tráfico internacional de pasajeros, carga y correo por separado o combinados, en el entendido de que se prohíbe expresamente el cabotaje , afirma.

tania.rosas@eleconomista.mx

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