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Advierten por indefiniciones de la reforma
Dictamen mantiene carácter estratégico de hidrocarburos, pero con apertura a la IP se establecerían excepciones en normas adjetivas que podrían ser impugnadas, puntualizan.
Más allá de las condiciones políticas prevalecientes ante la inminente aprobación de la reforma energética, que abrirá el sector energético a la Iniciativa Privada, la preocupación de los inversionistas puede radicar en la falta de definiciones que aún tiene el dictamen de la reforma energética que fue turnado ayer a la Cámara de Diputados, coincidieron especialistas en la materia.
En entrevista, Miguel Toro, investigador del Centro de Investigación para el Desarrollo AC (CIDAC), detalló que si bien se han presentado los transitorios, existen algunos puntos que podrían generar controversias incluso judiciales si no se puntualizan, tales como la redacción del Artículo 28, que mantiene como áreas estratégicas a los hidrocarburos y la electricidad, cuando seguramente se ?añadirán excepciones en leyes secundarias.
Además, en el tema regulatorio aún se mantiene al representante del Estado, la Secretaría de Energía, como principal ejecutor de la regulación, lo que provocará desconfianza puesto que ésta se mantiene como cabeza de la administración de una empresa competidora Pemex a pesar de la fortaleza que se le está otorgando a los reguladores como la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH).
También aseguró que hace falta una puntualización sobre las actividades del centro de control de gas, ya que, como se plantea ahora, realizaría actividades muy parecidas a las que lleva a cabo el Estado, a través de Petróleos Mexicanos (Pemex), limitando el atractivo para inversionistas.
Finalmente, consideró que en caso de que se dé una eventual aprobación al paquete de reformas, los tiempos de ejecución tanto técnicos como legales permitirían ver algunos beneficios de los cambios hasta que finalice el sexenio actual, por lo menos.
Por su parte, Mariana Gómez, directora ejecutiva de la consultora Inteligencia Pública, enfatizó que a pesar de que de última hora se ajustó la redacción del dictamen para incluir la posibilidad de que el Estado celebre con particulares contratos de exploración y producción de hidrocarburos de naturaleza no especificada (además de los contratos de utilidad y producción compartidas y de los contratos de licencia, que sí se especificaron), esto no debe generar tanta inquietud como el hecho de que no se aclare la normatividad para definir al mejor licitante de los contratos, lo cual sí puede generar controversias en el futuro.
DESFILE DE LEYES EN JUEGO
En otra arista, Luis Miguel Labardini, de la firma Marcos y Asociados, comentó que para transformarse en empresas productivas del Estado, tal como lo plantea la actual reforma energética, Petróleos Mexicanos y la Comisión Federal de Electricidad deberán migrar de la normatividad a través de sus leyes orgánicas hacia actas constitutivas, como cualquier empresa.
Por otra parte, de acuerdo con Roberto Ortega Lomelín, de Energea, se requieren cambios en las leyes orgánicas de la CRE y la CNH, en la Ley Orgánica de la Administración Pública para las facultades de la Secretaría de Energía, en la Ley de Responsabilidad Hacendaria para el régimen tributario de las empresas, en la Ley de Obras y Adquisiciones, que quedará rebasada, además de todas las reglamentarias a los tres artículos constitucionales y las nuevas leyes de los organismos de nueva creación.
Maximizar la ?renta es ambiguo
ELECCIÓN DE CONTRATOS PODRÍA IMPUGNARSE: IMCO
El Instituto Mexicano para la Competitividad (Imco) planteó algunas dudas sobre el dictamen energético turnado ayer a la Cámara de Diputados.
Dijo que la maximización de la renta en el sector de hidrocarburos como criterio para escoger los contratos a utilizar con la IP es un concepto complejo porque la determinación de costos puede ligarse a ineficiencias o complejidades técnicas, por lo que valdrá la pena considerar criterios internacionales para evaluar la conveniencia de cada tipo de contrato, ya que podrían surgir acciones de amparo de particulares que no consideren que se sigue en las asignaciones.
Propone aclarar los conceptos contratos de licencia y transmisión onerosa , con la especificación del orden de prelación para la asignación de recursos del fondo petrolero.
Mencionó el detalle de los permisos para la transmisión, comercialización de petróleo y sus derivados ya que el documento consigna que no habrá concesiones y definir las cláusulas de los contratos en transparencia.
kgarcia@eleconomista.com.mx