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Preocupa a IMEF negación a liberar las deducciones de previsión social
Esta semana se discute en la SCJN el proyecto de sentencia a las empresas que se ampararon al límite de 53% de las deducciones de pagos de patrones en prestaciones sociales a sus trabajadores.
El Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF) se sumó a la preocupación colectiva por el proyecto de sentencia en la Suprema Corte de Justicia Nacional (SCJN) que niega el amparo a las deducciones limitadas en materia del Impuesto sobre la Renta (ISR) de pagos realizados por los patrones por concepto de previsión social.
A decir del instituto, el documento podría tener algunas incongruencias, pues destaca que aunque el proyecto de sentencia reconoce que los gastos por las prestaciones que establece la ley -y las adicionales que puedan ofrecer las empresas- son indispensables; también admite que se limite su deducción, pues las prestaciones otorgadas a los trabajadores sólo contribuyen de manera indirecta a la generación de ingresos.
El documento que está en la Segunda Sala de la SCJN justifica la limitante de la deducción de estos gastos argumentando que con ello se evita la pérdida de recaudación que originó la eliminación del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU).
Ante este escenario, el IMEF explicó que es preocupante que con el argumento de no disminuir la recaudación se avale la no deducción de erogaciones que se están reconociendo como necesarias y añadió que preocuparse por los niveles de recaudación no es trabajo de la SCJN.
Nos parece que el papel de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es validar si las leyes que se someten a su estudio se apegan o no a la Constitución, ya que a quien corresponde en todo caso velar por la recaudación es al Congreso y al Ejecutivo en última instancia , destacó el instituto.
Aseguró que de aprobarse el proyecto de sentencia que niega el amparo al tope de deducciones por pagos de previsión social, se estarían dejando atrás criterios de justicia que ha hecho la corte a lo largo de los años.
Por otro lado, el proyecto de sentencia también está justificando la resolución negativa, diciendo que limitar las deducciones favorece la simetría fiscal, pues cuando estas deducciones eran completamente deducibles por ciertos conceptos los trabajadores no acumulaban el ingreso.
Ante ello, el IMEF precisó que la simetría fiscal no es un principio constitucional y que la decisión de no gravar determinado ingresos sólo es de los legisladores, además de que no defender la simetría fiscal no debe ser razón de prohibir la deducción a ciertos contribuyentes.
En esencia, prohibir esta deducción implica trasladar el costo de la exención otorgada por el legislador a los trabajadores, lo que no consideramos que pueda ser constitucionalmente válido , aseguró el IMEF.
Se espera que esta semana se discuta en la SCJN el proyecto de sentencia a las empresas que se ampararon al límite de 53% a las deducciones de pagos de patrones que a su vez sean ingresos exentos para sus trabajadores y que los ministros de la Segunda Sala realicen su votación para aprobar o no este proyecto.
Ante ello, el IMEF consideró prudente que sea el pleno de la SCJN quien resuelva este caso.