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México celebra resolución de la CIJ sobre derecho de huelga: STPS
El Estado mexicano participó en el proceso ante la Corte a través de escritos y audiencias orales coordinadas entre la Secretaría del Trabajo y la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Foto: Especial
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) celebra la reciente opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia que establece un vínculo jurídico entre el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo y el derecho de huelga. Esta resolución pone fin a una diferencia de criterios que persistía al interior de la instancia multilateral respecto al alcance de los instrumentos de libertad sindical.
El pronunciamiento de la Corte reafirma que el derecho de huelga forma parte de los mecanismos de acción colectiva de las personas trabajadoras; no obstante, la autoridad laboral precisó que la Corte no emitió criterios específicos sobre las condiciones para el ejercicio de este derecho en las legislaciones nacionales.
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Para México el derecho a la huelga “es un pilar en la historia laboral de nuestro país que se estableció en el Artículo 123 de la Constitución de 1917”, por lo que esta determinación constituye un hito en el derecho internacional del trabajo al proporcionar una interpretación autorizada de un convenio fundamental de la OIT y otorgar certeza jurídica sobre un derecho vinculado con la libertad sindical y la negociación colectiva, destacó la STPS.
Por ello, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social celebra la emisión de la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia mediante la cual se confirma que el derecho de huelga de las personas trabajadoras y sus organizaciones está protegido en virtud del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación 1948 número 87 de la Organización Internacional del Trabajo.
Cabe destacar que el Estado mexicano participó en el proceso ante la Corte a través de escritos y audiencias orales coordinadas entre la Secretaría del Trabajo y la Secretaría de Relaciones Exteriores. La posición de México se fundamentó en su marco jurídico interno, el cual contempla este derecho desde la Constitución de 1917.
La Oficina Internacional del Trabajo recibió la opinión para que el Consejo de Administración de la OIT defina las medidas de seguimiento en su reunión de noviembre próximo. La STPS considera que esta resolución influirá en el sistema de normas laborales y en el diálogo social a nivel internacional.


