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Lineamientos de la jornada laboral en octubre; prevén mínimas excepciones para las empresas
Cabe destacar que la reforma constitucional fue promulgada formalmente en marzo de 2026, estableciendo el año 2026 como un periodo de transición para la adaptación de los centros de trabajo.

Este 1 de mayo entró en vigor la reforma secundaria de jornada laboral.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicará en octubre los lineamientos técnicos para la aplicación de la nueva jornada laboral en México, se anticipa un margen muy acotado de excepciones para los sectores productivos. Actualmente, la dependencia federal encabeza mesas de diálogo con representantes de rubros específicos, como el sector agropecuario, minería, ventas, retail con el objetivo de evaluar las complejidades operativas que enfrentan estos grupos para la medición del tiempo de servicio.
Cabe destacar que la reforma constitucional fue promulgada formalmente en marzo de 2026, estableciendo el año 2026 como un periodo de transición para la adaptación de los centros de trabajo. La reducción efectiva de la jornada se aplicará de forma gradual sin afectar los salarios ni prestaciones: a partir del 1 de enero de 2027 el límite disminuye a 46 horas semanales, ajustándose dos horas cada año (44 horas en 2028 y 42 horas en 2029) hasta alcanzar el objetivo final de 40 horas semanales a partir del 1 de enero de 2030.
Durante un foro de análisis sobre los alcances de la reforma, el especialista Ricardo Martínez explicó que el margen de flexibilidad de la autoridad será reducido debido a los avances en las herramientas tecnológicas de control. “Aunque actividades como las del campo o los vendedores presentan dificultades logísticas para el fichaje presencial, la autoridad laboral considera que existen mecanismos digitales aplicables a la mayoría de las industrias”, detalló en entrevista luego de la presentación.
Asimismo, Claudio Martínez, especialista de DMAbogados, dijo que “la modificación a la legislación establece una aplicabilidad general sin distinción de cargos ni categorías. Todos los integrantes de la fuerza laboral, incluidos los trabajadores de confianza como directores generales, gerentes y personal administrativo, quedan sujetos a la jornada legal máxima y a la obligación de registrar sus horarios de entrada, salida y periodos de receso”.
Para los empleadores, el cumplimiento de esta disposición requiere la actualización de sus esquemas internos antes de la entrada en vigor de las nuevas reglas de ahí que “la implementación del registro electrónico exige adecuar los contratos individuales, los contratos colectivos y los reglamentos interiores de trabajo. El documento de asistencia digital, además de verificar la duración de la jornada diaria, constituye la prueba jurídica central en favor de las empresas ante eventuales demandas por reclamo de tiempo extraordinario”, destacó.
Los especialistas destacaron que el incumplimiento en la adopción y presentación de los registros electrónicos ante la inspección del trabajo conlleva sanciones económicas; la normativa fija multas por cada trabajador afectado, las cuales se calculan en función de la capacidad financiera de la compañía y el número de colaboradores. En empresas de gran escala, las penalizaciones acumuladas por la ausencia de estos controles pueden superar los 240 millones de pesos.
Por su parte, Alberto Quitana, director general de Cegid LATAM, sostuvo que la integración obligatoria de un registro electrónico distingue el modelo de reducción paulatina de la jornada en México respecto a otros procesos de transición implementados en América Latina.
“La digitalización del control de asistencia funcionará como la base técnica para auditar la reducción gradual del tiempo de trabajo y la correcta cuantificación de las horas extra en todas las industrias”, indicó.




