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Corte se pronuncia hoy sobre validez de solicitar datos bancarios
Este miércoles, se prevé que la primera sala de la SCJN conozca el proyecto por el cual se propone declarar la constitucionalidad del artículo 142, fracción II, de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC).
Francisco Pe�a
Este miércoles, se prevé que la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) conozca el proyecto por el cual se propone declarar la constitucionalidad del artículo 142, fracción II, de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC), con el fin de avalar que los ministerios públicos puedan solicitar información de cuentas bancarias sin la autorización de un juez de control.
El pronunciamiento de la SCJN al respecto es y será de trascendencia para que los ministerios públicos obtengan de manera más expedita, vía los pedimentos realizados a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), información financiera de los señalados por algún delito y sin que esto sea avalado por un juez; sin embargo, los oponentes a este procedimiento han alegado que se viola el secreto bancario y la protección de la información personal.
Para Jorge Lara Rivera, presidente del Colegio de Abogados Humanistas, que un Ministerio Público solicite información financiera de una persona, sin la autorización de un juez, es un acto de molestia, pero dicho procedimiento es justificable siempre y cuando exista una investigación robusta que respalde este actuar y no sólo se use con fines políticos.
“Es un acto de molestia que tiene que estar fundado y motivado en una carpeta de investigación, no es que el Ministerio Público pueda solicitar la información porque se le ocurrió. Tiene que haber una razón de fondo para que la CNBV acate esa instrucción y obviamente el interés de las fiscalías es que el procedimiento sea más rápido y más directo pero que no tengan que ir a un juez de control, lo que retrasa la investigación”, comentó Lara Rivera.
Años atrás
La controversia al respecto comenzó en el 2017, cuando la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México abrió una carpeta de investigación contra un particular acusado de fraude, en perjuicio de la sociedad civil, lo cual motivó a esta instancia a solicitar información financiera del señalado, vía la CNBV.
Sin embargo, en el 2019 el acusado presentó un juicio de amparo contra el actuar de la fiscalía y planteó la inconstitucionalidad de la Ley de Instituciones de Crédito con el argumento de que vulnera el derecho a la vida privada, a la intimidad y a la seguridad jurídica pues toda la información financiera tiene carácter confidencial
El asunto llegó en ese año al pleno de la SCJN, el cual determinó la inconstitucionalidad de dicho precepto; sin embargo, para el presidente López Obrador, no se analizaron todas las causas, por lo que nuevamente se solicitó, por las instancias correspondientes, un pronunciamiento del máximo tribunal.
“Lo que se discute de fondo es si esta información privada entre el banco y sus clientes requiere una protección reforzada respecto a la privacidad. Esto es lo que se tiene que medir, si es una invasión profunda a la privacidad, por lo que hay división de opiniones”, detalló Lara Rivera.
Ríos Farjat elaboró el proyecto
Ahora, de la mano de la ministra Margarita Ríos Farjat, se buscará declarar constitucional la Ley de Instituciones de Crédito. “Esta solicitud de información financiera es una técnica de investigación bastante regulada y controlada en la propia legislación, la cual sirve para comprobar la existencia de conductas delictivas y siempre se desarrollará en el marco de una investigación”, se puede leer en el proyecto elaborado por la ministra.
Argumentos para declarar constitucionalidad de la LIC:
• Tiene un fin constitucionalmente válido.
• Es idónea para alcanzar el fin perseguido.
• Es necesaria para hacerse de mayor información en investigaciones.
Fuente: Amparo en Revisión 971/2019