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Política

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Congresos locales no pueden legislar sobre arraigo: SCJN

Por votación mayoritaria, el Pleno de la Suprema Corte consideró que la facultad de legislar en materia de arraigo recae exclusivamente en el Congreso de la Unión.

Es inconstitucional que los Congresos locales legislen en materia de arraigo, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ya que esta facultad recae exclusivamente en el orden federal.

Con votación mayoritaria de ocho votos, el Pleno del Máximo Tribunal resolvió una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que buscaba invalidar el artículo 291 de la legislación penal del Estado de Aguascalientes. Esta norma preveía que el arraigo se podía aplicar en el caso de delitos graves.

Sin pronunciarse sobre las bondades o la perversidad de la figura de arraigo, la mayoría de los ministros argumentó que la facultad para legislar en la materia es competencia exclusiva del Congreso de la Unión, pues sólo aplica para el caso de ilícitos de delincuencia organizada.

ana.langner@eleconomista.mx

apr

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