Buscar
Geopolítica

Lectura 2:00 min

Panamá aprueba ley que impondrá impuesto del 15% a empresas multinacionales sin actividad real

La ley tiene por objeto ayudar a cumplir ​los requisitos de transparencia fiscal de la Unión Europea y contribuir a que el país sea retirado de las listas de seguimiento de la ‌UE.

Foto: Shutterstock

La Asamblea Nacional de Panamá aprobó una ley ⁠que exige a las entidades multinacionales domiciliadas en el país demostrar que realizan actividades reales en el territorio nacional o, de lo contrario, ⁠se les aplicará un ⁠impuesto del 15% sobre los ingresos extranjeros pasivos, según informó el miércoles el Ministerio de Economía y Finanzas.

La ley tiene por objeto ayudar a cumplir los requisitos de transparencia fiscal de la Unión Europea y contribuir a que el país sea retirado de las listas de seguimiento de la UE.

"A nivel fiscal, obliga a las multinacionales a demostrar que tienen operaciones físicas y actividad real en un país, más allá de solo buscar ventajas tributarias," señaló la Asemblea Nacional en otro comunicado.

Las entidades que no demuestren sustancia económica —personal cualificado, instalaciones adecuadas, toma de decisiones estratégicas y gastos operativos reales en Panamá— se enfrentarán a un tipo impositivo fijo del 15 % sobre la renta neta gravable derivada de rentas pasivas extranjeras.

Los ingresos pasivos contemplados en la ley incluyen dividendos, intereses, regalías, plusvalías e ingresos inmobiliarios obtenidos en el ⁠extranjero por miembros de grupos multinacionales.

La legislación, ⁠que debe promulgar el ⁠presidente José Raúl Mulino, entrará en vigor a partir del ejercicio fiscal ⁠2027 y concede al poder ejecutivo 90 días para promulgar el reglamento de aplicación.

La ley otorga un trato especial a los ingresos procedentes de activos intangibles desarrollados en Panamá, como patentes, marcas registradas y derechos de autor, con el fin de fomentar la innovación.

El sector de la marina mercante y las entidades financieras supervisadas ⁠por los reguladores bancarios, de valores y de seguros quedan expresamente excluidos del régimen.

Temas relacionados

Noticias Recomendadas