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Entre velas y cuentas: ¿Qué pasa con el dinero en el banco cuando alguien muere?
El primer paso es identificar si el titular designó un beneficiario, de lo contrario la disposición de recursos seguirá un proceso sucesorio.
Los bancos no cuentan con un registro o una base de datos que les permita conocer automáticamente el fallecimiento de los titulares de sus cuentas.
Con la víspera del Día de Muertos, es común reflexionar sobre quienes ya no están y que surjan dudas prácticas como: ¿qué ocurre con la cuenta bancaria de una persona fallecida? ¿cómo recuperar ese legado?
"Yo quisiera que los recursos estén ahí cuando yo muera y mi familia pueda disponer de ellos, ya sea para los servicios funerarios o también para cubrir necesidades cuando no esté", reflexionó Pablo Pérez Akaki, profesor del Departamento de Contabilidad y Finanzas del Tecnológico de Monterrey.
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La despedida es inevitable, pero hay acciones que una persona puede realizar para asegurar que su familia y seres queridos tengan acceso a los recursos financieros, como la designación de beneficiarios en sus cuentas bancarias y de ahorro.
¿Qué ocurre con la cuenta bancaria cuando alguien muere?
De acuerdo con César Jiménez Galván, maestro en Derecho y facilitador privado certificado, los bancos no cuentan con un registro o una base de datos que les permita conocer automáticamente el fallecimiento de los titulares de sus cuentas. "Generalmente, se enteran cuando un tercero les notifica, ya sea un familiar, un beneficiario, un representante o alguna autoridad", comentó el abogado.
Después de notificar sobre el fallecimiento, lo que sigue es identificar si titular designó algún beneficiario. Según la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), el beneficiario es aquella persona que tiene derecho a los recursos depositados en la cuenta, según los porcentajes establecidos en el contrato.
César Jiménez explicó que las instituciones financieras no tienen la obligación de buscar a los herederos, sino que son ellos quienes deben acercarse a solicitar el trámite para traslado de los fondos. "Los beneficiarios son los responsables de ir a solicitar esos recursos”, añadió Pérez Akaki.
En ese sentido, los beneficiarios deben acudir a la institución bancaria y solicitar los recursos que correspondan. El banco revisará el expediente y verificará que la persona que solicita el trámite sean los receptores oficiales. Para ello, deberán presentar su identificación y la documentación necesaria, como el acta de defunción del titular.
¿Y si no hay beneficiarios?
Si el titular no estableció quién puede recibir el dinero, el proceso es más largo. Según Jiménez Galván, los recursos pueden reclamarse mediante un procedimiento sucesorio. Hay dos posibilidades:
- Sucesión testamentaria: cuando existe un testamento en el que la persona dejó establecida su voluntad respecto a quiénes heredarán sus bienes; y
- Sucesión legítima: la persona falleció sin dejar testamento, por lo que los herederos se determinan conforme a las disposiciones legales aplicables.
El proceso puede realizarse vía notarial, que puede resultar más rápida y sencilla, o irse a un juzgado familiar. "Por eso es importante que las personas designen beneficiarios al abrir una cuenta bancaria y mantengan esa información clara para sus familiares", señaló el abogado.
¿Cuánto tiempo tarda el banco en entregar los recursos?
Según Jiménez Galván, el banco puede tardar aproximadamente 15 días en revisar la documentación y verificar el derecho de la persona que reclama el dinero. Este plazo aplica tanto cuando hay beneficiarios designados como cuando se presenta la documentación de una sucesión. La diferencia está entre el tiempo que puede tomar el proceso de transmisión patrimonial.
¿Qué pasa si nadie reclama las cuentas?
Las cuentas pueden caer en inactividad y el dinero corre el riesgo de prescribir. Según el artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito, si no hay movimiento de recursos de una cuenta bancaria tradicional por tres años, el dinero será transferido a una cuenta global.
Si después otros tres años los recursos no son reclamados, prescribirán a favor de la beneficiencia pública, siempre que el monto no exceda de 300 UMAS diarias vigentes. En 2026, ese límite equivale a 35,193.00 pesos.
En caso de que sea una cuenta en una Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo (Socap) o una Sociedad Financiera Popular (Sofipo), el plazo de inactividad es de 10 años, según el artículo 33 Bis de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
De igual forma, la ley contempla un monto. En este caso, el límite es de 200 UMA vigentes, equivalentes a 23,462.00 pesos.
Según ambos expertos, es recomendable las personas les comunicen a sus familiares o conocidos que son beneficiarios de sus cuentas bancarias para que, en caso de faltar, sepan que pueden acceder a esos ahorros.
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