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Tu pensión del IMSS: lo que nadie te explicó; la Ley 73 (Parte 1 de 4:)
Joan Lanzagorta | Patrimonio
En México, casi nadie se preocupa por las pensiones hasta que la vida nos obliga: cuando nos acercamos a la edad de retiro, cuando alguien sufre un accidente que le impide volver a trabajar o cuando fallece el principal sostén económico del hogar. En ese momento, siempre surgen cosas que uno no sabía, o quizá había escuchado pero no considerado, porque suele ser demasiado tarde.
Por eso es importante que entiendas, desde hoy, cómo funciona el sistema y sepas qué esperar en cuestión de retiro, invalidez, viudez y orfandad.
Como seguramente has escuchado, en México, el sistema de pensiones del IMSS cambió radicalmente en 1997. La fecha de corte es el 1 de julio de 1997: quienes empezaron antes pertenecen a la Ley 73 y los demás, a la Ley 97.
A los primeros se les conoce como generación de transición. Al momento de jubilarse, pueden elegir el sistema que más les convenga, y esa elección puede hacer una diferencia muy significativa en lo que van a recibir cada mes el resto de su vida.
La Ley 73: pensión basada en salario y semanas
El sistema anterior era de beneficio definido. A diferencia de la Ley de 1997, la pensión no depende de cuánto lograste acumular en tu afore. El IMSS la calcula con base en tu historial de cotización y te la paga de forma vitalicia. Lo que pase en los mercados financieros no es tu problema.
Para tener derecho a ella necesitas cumplir dos condiciones: haber cotizado al menos 500 semanas —unos 10 años de trabajo formal— y estar dado de baja del IMSS como trabajador activo cuando la solicites.
Hay dos modalidades de pensión por retiro. La cesantía en edad avanzada aplica entre los 60 y los 64 años. La pensión por vejez, a partir de los 65. La edad importa, y mucho: a los 60 años recibes el 75% del monto que te correspondería. Cada año que esperas suma 5%, hasta llegar al 100% a los 65. Cinco años de diferencia pueden significar una cantidad muy distinta cada mes, por el resto de tu vida. Vale la pena hacer el cálculo antes de decidir.
Cómo se calcula el monto
Aquí hay dos factores que mucha gente no conoce hasta que ya es tarde, y que conviene tener muy claros.
El primero es el salario. El IMSS no toma en cuenta todo lo que ganaste a lo largo de tu vida laboral, sino el promedio de tu salario base de cotización de las últimas 250 semanas (aproximadamente los últimos cinco años). Imagina a alguien que cotizó topado durante 20 años, pero que en los últimos cinco trabajó por su cuenta o en un empleo informal y se dio de alta con el salario mínimo para seguir cotizando. Su pensión va a reflejar ese salario mínimo, no los 20 años anteriores. Los últimos cinco años tienen todo el peso.
El segundo factor es el total de semanas cotizadas a lo largo de toda tu vida laboral: mientras más semanas tienes acumuladas, mayor el porcentaje del salario que se convierte en pensión. No basta con haber ganado bien al final. Si las semanas son pocas, la pensión será chica de todas formas. Los dos factores van de la mano.
Al resultado final se le suma un incremento de 11% establecido por decreto en 2001. Y si el monto queda por debajo de la pensión mínima garantizada, el IMSS cubre la diferencia. En 2026 ese piso es de aproximadamente 10,636 pesos mensuales.
La conservación de derechos
Dejar de trabajar antes de la edad de retiro no significa perder automáticamente el derecho a la pensión. La ley establece un período de conservación de derechos equivalente a la cuarta parte del tiempo que cotizaste. Si trabajaste veinte años en el sector formal, tienes cinco años desde tu última baja para solicitar la pensión sin necesidad de volver a cotizar. Si ese plazo ya venció, hay formas de reactivarlo, pero hay que actuar.
Para quienes están próximos al retiro y quieren mejorar su pensión, existen dos herramientas: la Modalidad 40, que permite seguir cotizando voluntariamente después de dejar un empleo formal, incluso con un salario mayor al último registrado; y la Modalidad 10, pensada para trabajadores independientes que quieren seguir acumulando semanas y mantener cobertura de seguridad social. En ambos casos hay que hacer números antes de comprometerse. A cada una le dedicaré una columna próximamente.
En la segunda parte hablaré sobre qué pasa con el dinero acumulado en la afore cuando uno se jubila bajo la Ley 73, y cómo funcionan las pensiones por invalidez, viudez y orfandad.