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Finanzas Personales

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Compra, renta y venta de vivienda, sujetas a más regulación

Si desea comprar una casa que cuesta más de 519,699 pesos, ya no podrá pagarla en efectivo, si renta un inmueble y se realiza algún acto ilícito, perderá la casa; si vende su vivienda arriba de 3.4 millones de pesos, deberá pagar ISR.

Si desea comprar una casa que cuesta más de 519,699 pesos, ya no podrá pagarla en efectivo. Si renta un inmueble y se realiza algún acto ilícito, perderá la casa; si vende su vivienda arriba de 3.4 millones de pesos, deberá pagar ISR.

Las operaciones de compra, renta y venta de casas ya no son lo mismo. La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (ley antilavado), la Ley Federal de Extinción de Dominio y las reformas realizadas a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) modificaron los procesos de adquisición de inmuebles.

Ley Antilavado

A partir de este mes, los agentes inmobiliarios y los notarios tienen la obligación de reportar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público las operaciones vulnerables a actividades ilícitas.

Por ejemplo, informar sobre las operaciones de compra y venta de casas con un valor que supere los 519,699 pesos y que se quieran adquirir en efectivo, debido a que se encuentran prohibidas por la ley.

Si usted ahorró durante años para comprar una casa y su dinero está en efectivo, debe tener su Registro Federal de Contribuyente (RFC). Sin esto no podrá depositar los recursos en ninguna institución financiera y no habrá notarios que aprueben la compra de un inmueble en efectivo.

Cualquier persona que desee adquirir una vivienda que cueste más de 519,699 pesos debe entregar una serie de documentos al agente inmobiliario y al notario. De no hacerlo, la venta del inmueble no se podrá realizar.

Entre la información que se requiere se encuentra una identificación oficial, ya sea la credencial de IFE o pasaporte; además debe entregar un comprobante de ocupación o actividad profesional. Este documento debe ir acompañado con el alta ante Hacienda y las actualizaciones presentadas ante el SAT.

Para Roberto Barrios, presidente de la Asociación Mexicana de Profesionistas Inmobiliarios (AMPI) Valle de México, esta Ley no tiene un impacto importante en el sector debido a que son pocas las operaciones que se realizan en efectivo, además de que los notarios siempre exigen una serie de documentación a los compradores y vendedores de las casas.

Ley de extinción de dominio

En las modificaciones realizadas a esta ley, se contempla que el Estado tome posesión de los inmuebles cuando se detecte que ahí se realizaron actos ilícitos; por ejemplo, delitos de la delincuencia organizada, contra la salud, secuestro, trata de personas y robo de automóviles.

Esto indica que si usted renta su vivienda y los inquilinos realizan algún acto delictivo en el inmueble, el Estado le decomisará la casa.

Cuando rentamos una propiedad ya no podemos entrar a ella; entonces no sabemos lo que se hace en esa casa , refutó Roberto Barrios.

Reducen límite que exenta ISR

El próximo año, todas las viviendas que se vendan arriba de 3.5 millones de pesos (7,000 Udis) deberán pagar ISR.

Hasta la fecha, las personas que venden una vivienda pueden exentar el pago del ISR siempre y cuando la casa no supere los 7.4 millones de pesos.

Javier Pérez Almaraz, presidente de la Asociación Nacional del Notariado Mexicano, explicó que actualmente se establece que se pague ISR sobre las ganancias que se obtengan de la venta de una vivienda; pero el impuesto se puede exentar si la persona que comercializa el inmueble demuestra que habitó en él durante cinco años.

El notario explicó que de acuerdo con lo que indican las modificaciones a la ley, el vendedor está obligado a pagar ISR por las ganancias que obtenga al colocar la casa; no sobre el precio total, sino por la utilidad fiscal que resulte de la operación.

La ley establece que se podrá tener derecho a la exención del pago del ISR una vez cada cinco años.

La exención podrá realizarse siempre y cuando se demuestre que la persona habitó en la vivienda durante cinco años.

Es decir, si usted compró su vivienda hace años con el propósito de venderla en el futuro, le hizo ampliaciones, remodelaciones que aumentaron el valor del inmueble y la quiere vender en más de 3.5 millones de pesos, la ganancia que reciba por el inmueble al momento de comercializarlo podría ser menor que la esperada, debido a que tendrá que pagar ISR sobre las ganancias de la operación.

yuridia.torre@eleconomista.mx

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