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Al menos cinco sindicatos independientes concentran quejas laborales bajo el MLRR del T-MEC

Entre las organizaciones sindicales que han utilizado de manera recurrente el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida están el SNTMMSSRM, el SNITIS, la LSOM, el SINTTIA y la CATEM.

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Al menos cinco organizaciones sindicales independientes de México han utilizado de manera recurrente el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR) del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), un instrumento que se mantiene como la principal herramienta de supervisión comercial y laboral en el país para atender controversias enfocadas en la libertad sindical y la negociación colectiva.

La Representación Comercial de Estados Unidos ha canalizado solicitudes de investigación provenientes de estas organizaciones sindicales mexicanas independientes que buscan modificar la representación gremial frente a las centrales obreras tradicionales. El Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSSRM) destaca entre los promoventes con intervenciones en instalaciones extractivas y metalúrgicas en estados como Coahuila y Zacatecas.

Asimismo, el Sindicato Nacional Independiente de Trabajadores de Industrias y Servicios (SNITIS) y la Liga Sindical Obrera Mexicana (LSOM) registran participaciones en plantas maquiladoras de la zona fronteriza y del norte de la república. Adicionalmente, el Sindicato Independiente Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria Automotriz (SINTTIA) y la Confederación Autónoma de Trabajadores y Empleados de México (CATEM)  han promovido recursos en la región del Bajío y Chihuahua.

Por sectores económicos, la industria de autopartes y automotriz concentra el 70% de las quejas admitidas por las autoridades norteamericanas. Le siguen en volumen de solicitudes el sector de la manufactura general con 25%, que abarca la producción de componentes químicos y electrónicos, así como el sector de la minería y la siderurgia con 10 por ciento.

De manera reciente, el sector de servicios, específicamente en el ramo de centros de atención telefónica o call centers, comenzó a registrar actividad bajo este procedimiento de resolución, representando el 5% restante de los casos.

Respecto al estatus actual de los casos presentados ante el MLRR, la mayoría de los expedientes admitidos han concluido mediante la firma e implementación de planes de reparación bilaterales coordinados entre la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y el gobierno de Estados Unidos. Estos acuerdos han derivado en la reinstalación de trabajadores despedidos, el pago de salarios caídos y la realización de nuevas consultas de legitimación de contratos colectivos.

Las autoridades laborales mexicanas han emitido resoluciones de cierre para diversas investigaciones tras constatar el cumplimiento de las medidas de remediación o, en casos específicos, al determinar la inexistencia de elementos suficientes para acreditar la denegación de derechos en las instalaciones señaladas. En expedientes donde las partes no alcanzaron un consenso inicial sobre las medidas correctivas, el procedimiento contempló la activación de paneles de expertos independientes para dirimir las controversias.

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Periodista dedicada a los temas laborales, empleo, sindical. En El Economista Pilar Martínez es reportera de Empresas y Negocios.

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