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Ley de telcos de EPN debe replantearse: AMIC
La Asociación Mexicana de Investigadores de la Comunicación exhortó al Congreso a no aprobar por la vía frast track la iniciativa de ley secundaria propuesta por Los Pinos, pues en algunos apartados es contraria a la reforma, infringe la identidad de los usuarios y ahuyenta la inversión.
La Asociación Mexicana de Investigadores de la Comunicación (AMIC) llamó al Congreso de la Unión a analizar a profundidad el contenido de la iniciativa de Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que el Ejecutivo Federal envió al Legislativo el 24 de marzo pasado.
De acuerdo con la AMIC, la propuesta del Ejecutivo se aleja del espíritu de la reforma constitucional de telecomunicaciones y radiodifusión, debido a que varios de sus apartados reglamenta de manera insuficiente e incluso se opone en temas como los derechos de libertad de expresión, derecho a la información y derecho de acceso a las tecnologías de las información y las comunicaciones (TICs).
Por el contrario, dijo la AMIC la iniciativa planteada por Los Pinos debiera privilegiar el interés general en telecomunicaciones, derecho de acceso a las TICs, en competencia, convergencia, pluralidad, cobertura universal y acceso libre y sin injerencias a las tecnologías y nuevas redes de comunicación.
La AMIC sostuvo que por como fue diseñada, la propuesta exhibe un espíritu de vulneración a la reforma condicional aprobada en junio de 2013:
En materia de telecomunicaciones.- La propuesta del Ejecutivo regula de manera desequilibrada y no simultánea a los agentes económicos preponderantes en telecomunicaciones (América Móvil y Telmex) y radiodifusión (Televisa), dejando a este último sin controles suficientes.
Asimismo, subordina las facultades y atribuciones autónomas y técnicas del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) a las secretarías de Comunicaciones y Transportes, de Gobernación y de Hacienda, y admite que el IFT no defina sus propios mecanismos de mejora regulatoria y de emisión de lineamientos en materia de contenidos .
En materia de derechos.- Obliga a que el IFT delegue en la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) su obligación de fomentar, promover y defender los derechos, quejas y denuncias de las audiencias y usuarios de telecomunicaciones, sin poder mediar y sancionar las prácticas comerciales, tarifarias y de deterioro en la calidad que atenten contra la debida prestación del servicio público de telecomunicaciones y radiodifusión.
Por tanto elude los derechos de las audiencias y de los usuarios de los servicios de telecomunicaciones, dejándolos en la indefensión por carecer de facultades sancionatorias, pues llama a que el IFT integre un Consejo Consultivo inoperante, sin auténticos mecanismos de incidencia en la toma de decisiones del Pleno del IFT, con cabida para los representantes y cabilderos de los operadores, pero sin espacio para especialistas en comunicación, audiencias, contenidos mediáticos y convergentes y derechos humanos .
En materia de contenidos.- La iniciativa coloca la regulación y supervisión de los mismos, el cumplimiento en la transmisión de los tiempos oficiales, de los encadenamientos nacionales y los boletines oficiales en manos de la Secretaría de Gobernación, cuando se creó un organismo regulador autónomo, competente, técnico y especializado en la materia.
También abandona la regulación en materia de tiempos de transmisión publicitaria y programación destinada al público infantil bajo control de la principal secretaría política del país, cuando debiera ser facultad del IFT .
En materia de radiodifusión y medios.- La iniciativa carece de reglas de propiedad cruzada de medios tan completas como lo marca la constitución y no define límites porcentuales o de otra índole a la concentración de la propiedad mediática en canales de televisión abierta, señales de TV de paga, estaciones de radio y medios impresos por localidad.
En medios públicos y de uso social.- Se propone una ley que crea un Sistema Público de Radiodifusión subordinado políticamente a la Secretaría de Gobernación en lugar de dotarlo de auténtica autonomía e independencia editorial, en oposición a las mejores prácticas internacionales.
También discrimina y dificulta a los concesionarios públicos (medios públicos) y sociales (medios comunitarios e indigenistas) para que adopten mecanismos de autofinanciamiento y sustentabilidad financiera por presiones de los medios electrónicos privados .
En políticas públicas.- Torna más errática la transición a la Televisión Digital Terrestre (TDT) al posponer el apagón analógico de algunas estaciones de televisión hasta el 31 de diciembre de 2017, pero sin obligar al gobierno a emitir una política pública clara en la materia.
En materia de Internet.- Soslaya la protección y salvaguarda de la identidad, la privacidad y los datos personales por parte de las empresas y portales de Internet (distintos de los concesionarios de acceso a Internet), en una era de espionaje gubernamental e infiltraciones de empresas proveedoras de bienes y servicios que obtienen ingresos, a partir del manejo poco escrupuloso de los datos personales.
Permite bloquear, inhibir y anular señales de telecomunicaciones con el riesgo que conlleva para los derechos de libertad de expresión y de manifestación .
La iniciativa deja en indefinición jurídica y en riesgo de penas judiciales a los usuarios que compartan a través de la red contenidos y archivos de productos simbólicos y culturales .
nlb