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Más tótems publicitarios en espacios públicos: ¿por qué es importante y qué riesgos implican?
Alrededor de 50 estructuras de este tipo se han instalado recientemente en la capital, principalmente en plazas comerciales y también en Áreas de Conservación Patrimonial
Tótem publicitario en Parque México
La contaminación visual en la Ciudad de México continúa ampliándose con la instalación de nuevos formatos de publicidad exterior, particularmente los llamados tótems publicitarios, estructuras que pueden incorporar hasta cuatro pantallas electrónicas.
De acuerdo con estimaciones de la Fundación por el Rescate y Recuperación del Paisaje Urbano, en los últimos meses se han identificado alrededor de 50 tótems colocados principalmente en las entradas exteriores de centros comerciales, así como en Áreas de Conservación Patrimonial, entre ellas parques como Parque México y Parque Lincoln.
Si bien estos formatos están contemplados en la Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México, su instalación y operación están sujetas a permisos específicos y al cumplimiento de lineamientos técnicos, sobre todo en materia de intensidad lumínica.
“Aunque la colocación de los tótems está permitida por la Ley de Publicidad Exterior de la CDMX, también requieren un Permiso Administrativo Temporal Revocable (PATR) y para otorgarles este tipo de licencias deben contar con ciertos requisitos; al ser formatos publicitarios luminosos, no pueden exceder de 3 nits sobre la luminosidad ambiental y los 325 nits de proyección”, indicó Jorge Carlos Negrete Vázquez, presidente de la Fundación por el Rescate y Recuperación del Paisaje Urbano.
“Pero —agregó— se están teniendo pantallas electrónicas que superan hasta los 6 ambiental y los 500 de proyección, por lo que es evidente el riesgo de protección civil que puede generar para peatones, ciclistas y automovilistas por el reflejo que genera, ya que puede deslumbrar aumentando la probabilidad de provocar accidentes viales”.
De acuerdo con la Fundación por el Rescate y Recuperación del Paisaje Urbano, además de los riesgos viales, el uso de pantallas electrónicas con altos niveles de brillo puede generar afectaciones a la salud, al convertirse en un distractor severo y constante. Entre los efectos señalados se encuentran alteraciones del descanso, cambios en el estado emocional y disminución de la capacidad de concentración y toma de decisiones de las personas que habitan cerca de estos dispositivos.
La legislación vigente establece que en los sitios considerados como Área de Conservación Patrimonial no pueden instalarse medios publicitarios de gran formato dentro de un radio de 150 metros contados a partir del bien protegido. En ese sentido, los anuncios detectados en estas zonas se encuentran operando de manera ilegal.
“Siempre viendo bien del paisaje urbano y su conservación de su mobiliario hacemos un llamado a la autoridad para abrir el diálogo con el fin de resolver esta problemática que cada vez aqueja más a la sociedad con una política pública clara y transparente”, concluyó Negrete Vázquez.