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iFone gana a telefónicas por el uso de la palabra iPhone
Un fallo del IMPI puede obligar a Movistar, Iusacell y Telcel a retirar de toda la publicidad con el término "iPhone", por considerarse que tiene una similitud fonética con la palabra "iFone".

Las telefónicas Movistar, Telcel y Iusacell no han sido notificadas del fallo del Instituto Mexicano de la Propiedad (IMPI) que las fija como entidades infractoras por comercializar sus productos con el término iPhone , un nombre con similitudes fonéticas con la marca iFone, registrada como un servicio de telecomunicaciones por la empresa iFone S.A. de C.V.
Esta tarde, El Universal citó un fallo del IMPI a favor de la empresa mexicana en el litigio por el uso de la marca IFone-iPhone: de acuerdo con la publicación, el instituto falló en contra las operadoras de telefonía Movistar, Iusacell y Telcel, y las emplazó a eliminar de su papelería y de toda campaña de publicidad la palabra iPhone a más tardar en un plazo de 15 días naturales, además de que les impuso una sanción económica.
Anoche, el equipo de prensa del IMPI afirmó a El Economista que las compañías involucradas ya habían sido notificadas y que aún quedaban dos instancias para el seguimiento del caso: la Sala Especializada en Propiedad Intelectual y el Tribunal Fiscal y Administrativo.
De parte de las compañías, ni Movistar ni Iusacell confirmaron haber recibido la documentación y por lo tanto rechazaron hacer comentarios. Telcel no hizo comentarios al cierre de la edición.
Según la información publicada por El Universal, Apple sólo comercializa un dispositivo, pero no ofrece servicios de telecomunicaciones en los que difunde de manera masiva el nombre de la palabra iPhone . La marca iFone, en servicios de telecomunicaciones, fue registrada por la compañía mexicana hace 11 años, dos años antes de que Apple registrara la primera versión de su iPhone en Estados Unidos.
La compañía mexicana tiene los derechos para utilizar la marca iFone al ofrecer servicios de telecomunicaciones, con el número de expediente 598942 y la clase 38 del IMPI. Apple, por su parte, puede utilizar la marca iPhone para sus teléfonos inteligentes y otros dispositivos de cómputo con el expediente 809283 y la clase 9 del IMPI.
En el 2009, Apple, con sede en California, Estados Unidos, demandó al IMPI en México la caducidad de la marca iFone ; la solicitud le fue negada el 30 de marzo del 2011 y ratificada tras un juicio contencioso administrativo en el 2013.
De parte de iFone, la compañía mexicana exigió en el 2012 la imposición de sanciones contra tres compañías de telefonía móvil (Movistar, Iusacell y Telcel) al considerar que el uso de la denominación iPhone para publicitar servicios de telefonía móvil y planes tarifarios es parecida en grado de confusión con la marca iFone de su propiedad.
cronología del caso |
IFONE S.A de C.V | APPLE, INC y telefónicas |
El 30 de abril del 2003 IFONE S.A de C.V. solicita el registro de la marca iFone clase 38 internacional en servicios de telecomunicaciones. La cual fue concedida el 7 de julio del 2003. | El 10 de agosto del 2007, APPLE, INC solicita al IMPI el registro de la marca iPhone para la clase 38, y el 4 de noviembre del 2008 se le citó como anterioridad la existencia, en la misma clase, de la marca iFone, propiedad de IFONE S.A de C.V. |
| APPLE, INC demanda la caducidad de la marca iFone el 13 de abril del 2009 al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, que la niega en un resolutivo del 30 de marzo del 2011 |
Los días 19 de junio, 23, 26 y 29 de noviembre del 2012, IFONE S.A de C.V. solicita al IMPI se impongan infracciones a tres compañías de telefonía celular y a APPLE, INC al considerar que el uso de la denominación iPhone para publicitar servicios de telefonía móvil y planes tarifarios, es parecida en grado de confusión con la marca iFone de su propiedad. | El 8 de junio de 2011 APPLE se inconforma ante la Sala Especializada y ésta confirma la resolución del IMPI, al reconocer su validez el 29 de febrero del 2012. Finalmente el 26 de marzo del 2013 queda firme la sentencia dictada en el juicio contencioso administrativo 1040/11EPI-01-1 de fecha 29 de febrero del 2012 donde: 1. APPLE, INC no probó su pretensión. 2. Se reconoce la validez de la resolución del IMPI de fecha 30 de marzo del 2011 que negó la caducidad de la marca iFone. |
| En marzo y abril de 2013 las compañías de telefonía celular y APPLE, INC. Al contestar los procedimientos de infracción en su contra, reconvienen con la instauración de cuatro nulidades y tres caducidades de la marca iFone. |
| El 7 de marzo del 2014 las compañías telefónicas presentan su última prueba, misma que se le dio vista a IFONE S.A de C.V y se desahogó el 9 de abril del mismo año. |
| El 5 de junio del 2014, el IMPI determinó que Movistar, Iusacell y Telcel infringieron la Ley de Propiedad Industrial con la comercialización de servicios de telecomunicaciones con el término iPhone , un nombre con similitudes fonéticas con la marca iFone, registrada como un servicio de telecomunicaciones por la empresa IFONE S.A. de C.V. en el 2003. |
FUENTE: impi |
NOTA ACTUALIZADA A LAS 20:42.