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SAT amplía plazo para hacer avisos antilavado
El SSAT dio a conocer que, por ajustes en el sistema del portal de prevención de lavado de dinero, se amplió la fecha al 17 de diciembre, el límite estaba originalmente previsto para el 17 de noviembre.

Tal y como se esperaba, el plazo para la presentación de avisos antilavado se extendió. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que, por ajustes en el sistema del portal de prevención de lavado de dinero, se amplió la fecha al 17 de diciembre, el límite estaba originalmente previsto para el 17 de noviembre.
El acceso al sistema del portal en Internet tiene un horario de 8 de la mañana a 8 de la noche para dar avisos e informes conforme a la nueva Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
Dicho módulo se habilitó desde el pasado 31 de octubre, mismo que sirve también para que los nuevos sujetos obligados se dieran de alta ante el SAT. Según datos de especialistas de PricewaterhouseCoopers, sólo se han registrado alrededor de 9,000 de los más de 300,000 que se calcula que tendrán que hacerlo.
El universo de los nuevos sujetos obligados es muy amplio, ya que se tienen que registrar todas las empresas que se dediquen a los juegos y sorteos, las que emitan tarjetas de servicio y crédito, de prepago y cupones, tarjetas de devoluciones y recompensas y cheques de viajero.
También las empresas de blindaje, inmobiliarias y de arrendamiento, joyerías, casas de arte, distribuidoras de vehículos y traslado o custodia de valores. Asimismo, los profesionales que prestan servicios como notarios, fedatarios públicos, agentes aduanales, contadores y abogados.
PROBLEMAS Y ACTUALIZACIONES
De acuerdo con el reglamento de la nueva ley antilavado, los avisos de operaciones que rebasen el límite de dinero en efectivo, o que estén consideradas como de actividades vulnerables, tenían que haberse mandado al SAT desde el 31 de octubre hasta el 17 de noviembre.
En su página de Internet, el SAT puso a disposición de los obligados a cumplir la ley, las aplicaciones para enviar avisos de manera masiva mediante archivos XML. Pero al mismo tiempo ha estado haciendo actualizaciones para el llenado y catálogo de los avisos, con el fin de facilitar el cumplimiento. Se dio la posibilidad de presentar avisos e informes en ceros a través del portal.
En tanto que para el registro como nuevo sujeto obligado, se está dando la opción de eliminar, modificar o agregar información, para lo cual se tienen seis días hábiles a partir del hecho o situación que lo motive. Y es que se presentaron algunos problemas al momento del trámite de alta y registro por errores en las validaciones que, según el SAT, ya se actualizaron.
leonor.flores@eleconomista.mx