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Sector Financiero

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SAT aclara reglamento de la ley del IVA

La SHCP publicó el jueves en el(DO) el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del reglamento de la Ley del IVA.

La Secretaría de Hacienda publicó el jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), con el objetivo de aclarar la regla miscelánea. La publicación obedece a poner el reglamento de la ley al día, ya que sufrió reformas en diciembre del 2013 que entraron en vigor en este año; no hay cambio trascendental más que brindar certeza jurídica a los contribuyentes , aclaró Juan Antonio López, administrador central de Normatividad e Impuestos Internos en el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Destacó que el único cambio es que las reglas de la miscelánea fiscal en la materia suben al reglamento (una disposición jurídica) y operan con normalidad, y con ello se brinda mayor certeza a los contribuyentes.

Por su parte, Rodrigo Ramírez, vicepresidente de la Comisión de Desarrollo Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, opinó que dicho decreto no representa ninguna modificación a la ley del IVA; por lo tanto, el fisco seguirá percibiendo los mismos impuestos por dichos conceptos como hasta ahora.

El especialista especificó que por ningún motivo se modifica la ley, sino el reglamento. No se modifica nada, ni perderá el fisco; por lo tanto, no hay ningún cambio trascendente a la ley, sólo suben las disposiciones al reglamento porque estañan en una regla miscelánea que los excluía , acotó Ramírez.

La publicación especificó que los cambios en el reglamento del IVA tienen que ver con los alimentos preparados para su consumo en el lugar de venta, comprobantes fiscales de mantenimiento y conservación, consideración de introducción de bienes al país, entre otros.

López enfatizó que estas medidas no son nuevas y operaban desde hace varios años; recordó que la reforma hacendaria estableció un Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios de 8% a los alimentos con alta densidad calórica, incluidos las frituras y productos de repostería, que seguirá aplicando.

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