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Extienden plazo para el envío de contabilidad electrónica
El Servicio de Administración Tributaria reconoció la participación activa de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, en la atención de las solicitudes de los contribuyentes.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que en materia de contabilidad electrónica se brinda una nueva prórroga para los contribuyentes.
En un comunicado, el SAT detalló que la información relativa al catálogo de cuentas con código agrupador y balanza de comprobación de enero del 2015 podrá enviarse a más tardar los días 3 ó 7 de abril para personas morales o personas físicas, respectivamente; esto es, en la misma fecha de vencimiento del envío de la información correspondiente a febrero del 2015.
Por lo que se refiere a las pólizas y auxiliares de cuenta deberán generarse con la información correspondiente a las operaciones realizadas a partir del 1 de julio, para entregarlas, cuando el SAT las requiera, con posteridad al 3 ó 7 de septiembre de 2015, según corresponda a personas morales o personas físicas, respectivamente.
El Servicio de Administración Tributaria reconoció la participación activa de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, en la atención de las solicitudes de los contribuyentes.
La información de las pólizas a las que se hace referencia se envía sólo cuando el SAT necesita verificar información contable o la procedencia de devoluciones y compensaciones.
El día de hoy, viernes, se publicó en el Portal del SAT una regla a efecto de brindar la facilidad para presentar la información contable en las fechas antes señaladas, y en los próximos días será publicada en el Diario Oficial de la Federación.
Se informó que los desarrolladores de sistemas de contabilidad electrónica han ofrecido agilizar sus trabajos a fin de ofrecer a los contribuyentes alternativas para cumplir con esta obligación en los próximos meses. El SAT verificará su progreso con el ánimo de que se facilite el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
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