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Política

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Juez civil, juzgará delitos cometidos entre militares

La Suprema Corte de Justicia de la Nación adoptó un nuevo criterio relacionado con el fuero militar, al resolver que un integrante de las Fuerzas Armadas puede ser juzgado ante una instancia ordinaria, aun cuando el delito se haya cometido en contra de otros militares.

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación adoptó un nuevo criterio relacionado con el fuero militar, al resolver que un integrante de las Fuerzas Armadas puede ser juzgado ante una instancia ordinaria, aun cuando el delito se haya cometido en contra de otros militares.

Ello, al resolver un amparo en revisión promovido por un militar en contra de la resolución de un Juez del ramo penal, con residencia en Baja California Sur, quien le dictó el auto de formal prisión en el 2011, ante los presuntos delitos de homicidio calificado y robo.

De acuerdo con lo explicado en la sesión de la Corte, se trata de un militar que se desempeñaba como cocinero en el Hospital Militar en la mencionada entidad, el cual abandonó su puesto encomendado para presuntamente acudir a un domicilio particular y asesinar a una pareja, también militares y que laboraban en dicho hospital. La mujer había sido su pareja sentimental.

La discusión de ayer en el pleno de la Corte se centró respecto de si el ilícito presuntamente cometido debía ser juzgado ante una instancia militar o un juez ordinario, ya que en este caso tanto el acusado como las víctimas era integrantes de las Fuerzas Armadas.

Los ministros analizaron situaciones como el hecho de que el militar acusado se encontraba en horario de servicio en el Hospital Militar y abandonó su cargo para presuntamente cometer el delito. El sujeto también es acusado de robo, por la presunta sustracción de una laptop.

Se explicó que más allá de que se trataba de un militar en servicio y que las víctimas eran militares, la acusación que se le formuló a dicha persona era un delito ordinario. Es un delito de un código penal ordinario, no militar, no hay acusación de un delito militar, se detalló en la Corte.

El caso fue turnado al Tribunal Colegiado de Circuito para el análisis de los agravios de legalidad expuestos por el acusado. La Suprema Corte aclaró que la decisión no implica que se deje en libertad al quejoso, toda vez que éste quedará a disposición del juez competente local.

mauricio.rubi@eleconomista.mx

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