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Prevalente pero invertible

De golpe, es difícil estar en desacuerdo con los cinco nuevos pilares de la legislación secundaria del sector energético. Que la planeación sectorial sea vinculante suena mejor a que no lo sea. Que haya justicia energética suena mucho mejor a que no la haya. Procurar la soberanía energética está mejor que apostarle a la dependencia, al entreguismo o la sumisión. Asegurar que haya empresas que se “[caractericen] porque su objeto va más allá del mero beneficio económico” para “garantizar servicios esenciales y estratégicos” suena lógico. Aunque hubiera disputado la clasificación, ni Milton Friedman hubiera querido que la operación de los mercados resultara en una carencia de servicios esenciales y estratégicos.
Hasta la prevalencia –que en la práctica implica discriminar a unos en favor de otros, sin importar el mérito– encuentra buenos asideros conceptuales en este contexto. Si las empresas públicas son justamente las que pueden trascender la banalidad de los pesos y centavos, ¿no hay que garantizarles un rol primordial? ¿A quién le importan los bolsillos cuando lo que parece estar en juego es la justicia, la soberanía y el rol estratégico del Estado?
Aun así, la presidenta Claudia Sheinbaum y su gabinete energético resistieron la tentación de introducir una legislación que atropellara por completo las prioridades del consumidor, o las garantías mínimas que requiere la iniciativa privada. Con la presentación del paquete de leyes secundarias en el sector energético, dieron evidencias de su competencia técnica. También aportaron muestras concretas de querer cerrarle espacios a la impredecibilidad y arbitrariedad, aunque no lo hayan logrado del todo. El Estado sigue obligado a considerar tanto la confiabilidad como el costo más bajo para el sistema. Además, se reconocen los derechos de los activos legados y definen proactivamente mecanismos a través de los cuales la inversión privada podría participar en nuevos proyectos. La operación del día a día de la mayoría de los activos privados, en muchos casos, parece manejable.
Eso no quita que la prevalencia, más que comprometer al Estado a invertir más, parece ponerle límites a los privados para que no vayan a invertir de más. De hecho, quizás la principal preocupación que deja enquistada, con evidencias mixtas, es si realmente pretende impactar vinculantemente a la operación del sistema y no solamente a la planeación. Incluir a la operación o despacho, remite a soluciones de esquina realmente problemáticas. Si a finales de cualquier año, a pesar de la planeación vinculante, el Estado no estuviera alcanzando orgánicamente el 54 por ciento de la generación anual (la forma en la que están definiendo la prevelancia), ¿el Cenace invalidaría temporalmente el despacho económico para imponer un despacho prevalente en términos brutos? Son pocos los activos privados que pueden sobrevivir una intervención que intempestivamente los prive de sus ingresos por muchas semanas.
Otro reto grande es la obtención de permisos acotados por la planeación vinculante. Si las autoridades no ofrecen lineamientos públicos lo suficientemente detallados para explicar su visión de las posibilidades de nuevos permisos para la iniciativa privada de acuerdo con las condiciones del sistema, los inversionistas van a enfrentar retos grandes para poder justificar internamente el despliegue de recursos para caracterizar nuevos proyectos. Después de la relativa sequía de nuevos proyectos en la administración pasada, cualquier traba innecesaria al desarrollo de nueva capacidad se ha vuelto un asunto crítico.
Afortunadamente, estos problemas todavía tienen distintos niveles de solución. Aunque parezca poco probable por los precedentes políticos, todavía se podrían aclarar directamente en la discusión y aprobación de la legislación. Pero también se podría terminar de precisar en las regulaciones, manuales y procedimientos que desarrollen y emitan las autoridades.
Desafortunadamente, en el contexto de la reforma judicial, el peso de cualquier incertidumbre se eleva al cuadrado. Tratar de construir un modelo mixto mexicano, prevalente, pero “invertible”, era de por si un reto extraordinario. Sin un andamiaje adecuado de certidumbre judicial, está en chino. La buena noticia es que, la semana pasada, las autoridades avanzaron en ofrecer algunos sustitutos imperfectos, pero indispensables, en el ámbito de su competencia.