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Comercio y la Corte Independiente

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OpiniónEl Economista

Rodrigo Perezalonso

Hay decisiones judiciales que cambian leyes y otras que cambian épocas. Lo que ocurrió el viernes pasado en Washington pertenece a la segunda categoría. 

Seis jueces bastaron para desmontar el andamiaje arancelario más agresivo desde los años treinta. La Suprema Corte de Estados Unidos dictaminó, por 6 votos contra 3, que la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) no autoriza al presidente a imponer aranceles. Cayeron de un golpe los gravámenes recíprocos del llamado Día de la Liberación y el arancel de 25% a México y Canadá por fentanilo. La sentencia del caso Learning Resources Inc. v. Trump fue el fallo comercial más relevante en décadas.

Conviene entender qué es la IEEPA y por qué Trump la usó. Es una ley de 1977 diseñada para que el presidente congele activos o sancione gobiernos enemigos ante amenazas a la seguridad nacional. Nunca se había utilizado para imponer aranceles. Pero en febrero de 2025, Trump declaró que el fentanilo y la migración constituían una emergencia y, amparado en esa ley, gravó importaciones de China, México y Canadá. Dos meses después extendió los aranceles a todo el mundo para corregir déficits comerciales. Lo que nació como medida de emergencia se convirtió en política comercial permanente sin autorización del Congreso.

La Corte fue categórica. El presidente de la Corte, Roberts escribió que las palabras "regular" e "importación" en la IEEPA no equivalen a una delegación del poder tributario que la Constitución reserva al Congreso. Invocó la llamada doctrina de las cuestiones mayores —la misma que en 2023 tumbó la condonación de deuda estudiantil de Biden— para subrayar que decisiones de tal impacto requieren autorización legislativa explícita.

Trump reaccionó de inmediato: activó la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974, que permite un arancel de hasta 15% por 150 días. Es un instrumento inédito que vence el 24 de julio a menos que el Congreso lo extienda. Con mayorías estrechas en ambas cámaras y elecciones intermedias en noviembre, la aritmética legislativa no favorece a la Casa Blanca.

Los aranceles IEEPA recaudaron más de 160 mil millones de dólares y habrían generado 1.4 billones en la próxima década. Su caída reduce la tasa arancelaria efectiva de 16% a cerca de 9%. Para los hogares estadounidenses representaban un impuesto de hasta 1,300 dólares anuales, y casi 90% de esos costos los absorbían empresas y consumidores, no exportadores extranjeros.

¿Qué significa para México? En 2025, el comercio bilateral alcanzó 840 mil millones de dólares, consolidando a México como primer socio comercial de Estados Unidos por encima de Canadá (762 mil millones) y China (582 mil millones). Cerca de 85% de las exportaciones mexicanas ingresa sin aranceles bajo el T-MEC, y así seguirá. El 15% restante, que pagaba 25%, ahora enfrenta un máximo de 15%: reducción neta. La Sección 122 excluye los bienes que cumplen reglas de origen del tratado, lo que revaloriza al T-MEC como escudo comercial frente a Asia y Europa, justo antes de su revisión en julio.

La incertidumbre, sin embargo, persiste. Trump anunció nuevas investigaciones comerciales para imponer nuevos aranceles y, los aranceles de acero y aluminio al 50% siguen vigentes. El proteccionismo no murió; cambió de instrumento.

La Corte le recordó al Ejecutivo que, en una república constitucional, ni el comercio escapa al equilibrio de poderes.

Para México, la lección es doble: el T-MEC ha sido nuestro ángel de la guarda y, por otra parte, una Suprema Corte independiente es fundamental para el funcionamiento de la república.

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