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Finanzas Personales

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Modalidad 40: la herramienta que puede transformar tu pensión del IMSS (Parte 1 de 2)

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Joan Lanzagorta | Patrimonio

Joan Lanzagorta

Si empezaste a cotizar al IMSS antes del 1 de julio de 1997 (Ley 73), todavía puedes hacer cosas para cuidar tu pensión. No siempre se trata de subirla; a veces se trata de no perderla o de que no salga más baja de lo que debería. Porque los derechos no duran para siempre: tienen un periodo de conservación.

Como mencioné hace poco en este espacio, bajo la Ley 73, las dos variables más importantes para el cálculo de la pensión son el número total de semanas cotizadas y el salario base promedio de los últimos cinco años. Si en algún momento una persona deja de trabajar formalmente, antes de la edad de retiro, todavía tiene margen para actuar sobre ambas variables. No siempre conviene hacerlo, pero sí existe esa posibilidad. Y en pensiones, eso ya es mucho.

Ahora bien, si alguien deja de cotizar, no pierde de inmediato la posibilidad de pensionarse. El IMSS reconoce un periodo de conservación de derechos, que funciona como una ventana de tiempo durante la cual todavía puedes ejercer ese derecho aunque ya no estés trabajando formalmente. Esa vigencia no es eterna. Si pasa demasiado tiempo sin cotizar ni reingresar, el derecho se pierde.

En ese contexto aparece la Modalidad 40, cuyo nombre oficial es Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio. Lo que permite es seguir cotizando al IMSS por cuenta propia, sin necesidad de tener un patrón. Su utilidad principal es doble: sumar semanas cotizadas y, sobre todo, mejorar el promedio salarial de los últimos cinco años, que es exactamente la base sobre la que el IMSS calcula tu pensión bajo la Ley 73.

La estrategia central es ésta: al inscribirte, puedes elegir un salario de cotización mayor al último que tenías registrado ante el IMSS. El tope es de 25 veces el valor de la UMA; en 2026, eso ronda los 88,000 pesos mensuales. Cotizar con el salario más alto posible durante los últimos cinco años antes del retiro puede cambiar radicalmente el monto de tu pensión vitalicia. Bajo la Ley 73, toda una vida laboral puede quedar eclipsada por esos últimos cinco años.

Quién puede inscribirse

Para darte de alta necesitas tres cosas: estar dado de baja del IMSS como trabajador activo, tener al menos 52 semanas cotizadas en los últimos cinco años y que no hayan pasado más de cinco años desde tu última baja. Ese último punto es clave, porque ahí entra la vigencia de derechos. Si dejas pasar demasiado tiempo, ya no podrás entrar por esta vía.

Técnicamente, cualquier persona que haya cotizado al IMSS puede inscribirse. Pero en la práctica, la Modalidad 40 tiene sentido casi exclusivamente para quienes pertenecen a la Ley 73. Quienes están en la Ley 97 —los que empezaron a cotizar después de julio de 1997— tienen una pensión que depende del saldo acumulado en la Afore, no del promedio salarial. Para ellos, salvo casos muy puntuales, la mejor alternativa para mejorar su pensión son las aportaciones voluntarias directamente a su Afore: más eficientes, más flexibles y sin la estructura de costos de la Modalidad 40.

Para quién no conviene aunque sea Ley 73

Pertenecer a la Ley 73 es condición necesaria pero no suficiente. Si tienes pocas semanas cotizadas acumuladas, el costo mensual difícilmente se recupera en pensión antes de jubilarte. Las semanas y el salario funcionan juntos: un salario alto con pocas semanas produce una pensión modesta de todas formas, porque el sistema premia la permanencia.

La pregunta que hay que responderse no es “¿me conviene entrar?”, sino “¿cuánto mejora mi pensión mensual y en cuánto tiempo recupero la inversión?”. Eso depende de cuántas semanas tienes acumuladas, de tu edad, del salario con el que pienses entrar y de cuántos años de cotización te restan. La respuesta puede sorprender en cualquier dirección.

El pago retroactivo

Hay una opción que poca gente conoce: si dejaste de cotizar antes de inscribirte, puedes cubrir esos meses en un solo pago —con el salario mayor que elijas al inscribirte, no con el que tenías antes.

El pago incluye recargos y actualización por inflación correspondientes al período sin cotizar. El máximo retroactivo permitido es de cinco años. En un solo movimiento puedes mejorar el promedio salarial de los últimos cinco años de manera inmediata. Para quien puede costearlo y la estrategia lo justifica, es una palanca significativa. Pero hay que calcularlo bien antes de comprometerse.

En la segunda parte hablaremos del costo de la Modalidad 40 (hay aumentos progresivos hasta 2030), qué pasa con el salario que registras, la decisión de cuándo jubilarse y también sobre los fraudes que lamentablemente, abundan al respecto.

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Joan Lanzagorta

Ejecutivo de alto nivel en seguros y reaseguro con visión estratégica de negocio, alta capacidad de liderazgo, negociación y gerencia. Además es columnista de Finanzas Personales en El Economista, Coach en Finanzas Personales y creador de la página planeatusfinanzas.com

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