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Fallo de Suprema Corte de EU bajó presión arancelaria sobre México
Tras la anulación de los aranceles IEEPA, el gravamen aplicado a las exportaciones mexicanas a EU que no cumplen con el T-MEC disminuyó de 25% a 15 por ciento.

En el 2025 los intercambios comerciales diarios entre México y EU promediaron casi 2,400 millones de dólares diarios; la mayor parte de los flujos comerciales son terrestres. Foto: AFP
Luego de que la Suprema Corte de los Estados Unidos anulara los aranceles que la administración del presidente Donald Trump impuso para presionar a México, Canadá y China en la lucha contra el fentanilo, las tasas que se aplicarán a los productos mexicanos y canadienses en Estados Unidos que no cumplen con el T-MEC bajarán de 25 a 15 por ciento.
Este viernes 20 de febrero el máximo tribunal estadounidense determinó que el presidente Trump se extralimitó al imponer gravámenes a la importación al amparo de la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) de 1977.
De modo que la tarifa anunciada por la administración Trump en febrero del año pasado con la finalidad de penalizar la supuesta falta de cooperación de México, Canadá y China en la lucha contra el fentanilo quedará sin efectos.
Hasta el viernes pasado esa tarifa era de 25% para México, de 35% para Canadá y de 20% para China, aunque en los dos primeros casos, solo se aplicaba a los bienes que no cumplen con las reglas del Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC).
En respuesta al fallo de la Suprema Corte estadounidense, el viernes por la tarde el presidente Donald Trump anunció que, en lugar de los aranceles bajo la IEEPA, impondría un arancel global de 10%, al amparo de la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974, una disposición nunca antes utilizada que permite imponer aranceles de hasta el 15% durante 150 días para abordar desequilibrios comerciales.
En una hoja de datos publicada el viernes en su página de internet, la Casa Blanca especificó que el nuevo arancel bajo la Sección 122 no afectaría a los productos comerciados bajo las reglas del Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC).
Horas después, el sábado, Trump anunció que el nuevo arancel global no sería de 10%, sino de 15 por ciento. El gravamen se aplicará a partir del primer minuto de este martes 24 de febrero.
De modo que la nueva tasa aplicable para los productos mexicanos y canadienses que no cumplen con el T-MEC sería de 15%, lo cual fue confirmado por fuentes del gobierno mexicano.
“Una noticia positiva para México es que el arancel aplicable a exportaciones que no cumplen con las reglas de origen del T-MEC se reduce de 25% al 15%”, dijeron.
Por otro lado, los productos que sí cumplen con las reglas de origen del T-MEC (aproximadamente 85% de las exportaciones mexicanas) continuarán pagando un arancel de 0%, manteniendo el acceso preferencial al mercado estadounidense.
“Se mantienen ventajas competitivas de México frente a otros socios de Estados Unidos. Los socios fuera del T-MEC pagarán un impuesto global de al menos el 15% de la totalidad de sus exportaciones, mientras que México conservará sin arancel alrededor del 85% de sus ventas al exterior”, aseveraron.
De acuerdo con la hoja de datos de la Casa Blanca, con el nuevo arancel de bajo la Sección 122 se aplicará con la regla de “non-stacking”, lo que significa que no se apilarán o acumularán los aranceles de la Sección 232 (aplicados al acero, aluminio, cobre y sector automotor) con los aranceles recién impuestos.
Nuevos aranceles, en puerta
Sin embargo, los nuevos aranceles bajo la Sección 122 tendrán un carácter temporal y eventualmente abrirían la puerta a medidas más duraderas, como podrían ser aranceles bajo el amparo de la Sección 301, de la Ley de Expansión Comercial de 1962, proyectó el Consejo Empresarial Mexicano de Comercio Exterior, Inversión y Tecnología (Comce)
La Sección 301 se diseñó para contrarrestar prácticas comerciales desleales y permite aranceles más permanentes e individualizados por país. A diferencia de la Sección 122, la aplicación de aranceles bajo la Sección 301 requiere investigaciones formales.
Pero más allá de que Estados Unidos reconstituya su poder arancelario sobre nuevas bases legales, el fallo de la Corte Suprema de ese país sienta un precedente que dará certidumbre, opinó, por su parte al Instituto Mexicano para la Competitividad (Imco).
“Desde la perspectiva institucional, el fallo fortalece la certidumbre jurídica regional al establecer que el Ejecutivo estadounidense no puede modificar de manera amplia las condiciones comerciales sin respaldo legislativo”, refirió en una nota.
Persiste inquietud
En todo caso, la eventual imposición de nuevos aranceles sobre una nueva base jurídica una vez que se haya agotado el plazo de las tarifas bajo la Sección 122, seguirá generando inquietud, afirmó la Industria Nacional de Autopartes (INA). Ante ello, destacó la necesidad de mantener una revisión constante de las condiciones comerciales que afectan a México.
“La Industria Nacional de Autopartes mantendrá un seguimiento puntual de la evolución del entorno comercial y continuará aportando análisis técnico y propuestas constructivas que contribuyan a la estabilidad, resiliencia y competitividad de la cadena automotriz de América del Norte”, resaltó en un comunicado.
De momento, para México continuarán vigentes los aranceles de la Sección 232 que se aplican al acero, aluminio, cobre y algunas de sus manufacturas (con una tasa de 50%), y los que se cargan sobre la parte no estadounidense de los vehículos automotrices exportados a EU (con una tasa de 25 por ciento).






