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Pymes que cometan errores o no paguen el PTU pueden tener multas millonarias
Un fallo en el cálculo podría costar hasta 6 millones de pesos a una pyme con 10 empleados.

La fecha límite para el pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) se acerca, y ante la premura por calcular el monto, los negocios, especialmente las pequeñas y medianas empresas (pymes), pueden cometer errores que se pueden traducir en multas millonarias.
De acuerdo con Alegra, muchas compañías en México aún gestionan sus procesos de forma manual, lo que eleva el riesgo de fallas. Un simple error en el cálculo puede convertirse en un problema financiero serio, ya que la Secretaría del Trabajo puede imponer sanciones que van de 250 a 5,000 UMAs.
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Jakub Roubal, director de ingresos (CRO) de Alegra, advierte que una empresa con diez colaboradores que no pague el PTU o lo haga incorrectamente podría enfrentar multas cercanas a los 6 millones de pesos, sin considerar los costos operativos de rehacer todo el proceso.
"El problema rara vez es la intención, todas las empresas quieren pagar bien y a tiempo. El problema es que el cálculo de la PTU junta tres fuentes de información que en muchas pymes viven separadas: la nómina, la contabilidad y la declaración anual. Cuando esas tres piezas no hablan entre sí, los errores son casi inevitables", puntualiza el especialista.
Recordemos que el plazo límite para otorgar el PTU es de 60 días a partir del pago anual de impuestos, por lo que la fecha límite es el 30 de mayo.
¿Cómo se calcula la PTU?
El monto del PTU no es igual para todas las empresas, ya que depende de las utilidades generadas; sin embargo, la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas establece que se debe repartir el 10% de las ganancias.
Recordemos que el monto no es igual para todas las organizaciones, ya que depende de las utilidades reportadas por la empresa, pero la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas determina que sea el 10% de las ganancias.
Además, la Ley Federal del Trabajo determina que ese 10% se divida en dos partes iguales y que el 50% se reparta en función de los días trabajados por cada empleado durante el año y el otro 50% según el salario percibido.
“Esto implica cruzar información de nómina, declaración anual, historial de cada trabajador y el tope legal vigente; todo en un plazo que, para quien lo hace sin automatización, se siente más corto cada vez que el SAT actualiza sus reglas”.
De hecho, Jakub Roubal puntualiza en que el SAT ha intensificado sus mecanismos de verificación en tiempo real, lo que significa que las inconsistencias entre lo declarado y lo pagado son más fáciles de detectar que antes. Para las pymes, eso convierte un error administrativo en un riesgo fiscal concreto.



