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Sector Financiero

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Con Ley Fintech, uso de blockchain se potencializará

Aunque esta tecnología puede contener esquemas de seguridad, también presenta riesgos.

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Luego de la aprobación de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, mejor conocida como Ley Fintech, se potencializará el uso de la tecnología de cadena de bloques (blockchain), principalmente por dos mecanismos que reconoce la normativa: el uso de activos virtuales así como el espacio para los modelos novedosos, que en otros países se conoce como regulatory sandbox, indicaron especialistas de la firma  Jones Day.

De acuerdo con Guillermo Larrea, abogado corporativo de Jones Day, aunque el término blockchain no aparezca en la normativa aprobada la semana pasada por diputados, éste tiene un peso muy importante en el ecosistema fintech, pues muchas operaciones de las plataformas de éste basan su operación en dicha tecnología, que se sustenta en una cadena de bloques que no puede ser modificada una vez que se realice una transacción.

“En cuanto al tema de blockchain, aunque no se aborda de manera expresa en la ley, desde luego que se contempla. yo te diría principalmente en dos tipos de figuras: los modelos novedosos y las operaciones de activos virtuales”, explicó el abogado de Jones Day.

El abogado indicó que la tecnología blockchain será la base para la aplicación de ciertos modelos de negocio que no se contemplan en la ley recién aprobada; sin embargo, sí se prevé un espacio para estas innovaciones, las cuales podrán tener una autorización temporal hasta conocer qué tipo de regulación definitiva aplicarles.

“La figura de modelos novedosos permite ejercer un control a las autoridades sobre las nuevas tecnologías en el sector financiero que estén debidamente reguladas (...) Los modelos novedosos permiten a la autoridad tener ojos particularmente en lo que está sucediendo con la tecnología blockchain y otras tecnologías”, detalló el especialista.

“Un poco lo que hace ley es que se reconoce que todas estas tecnologías se están moviendo muy rápido y no se comprende todavía el alcance que van a tener (...) de alguna manera, con los modelos novedosos se permite ejercer un control de las autoridades sobre nuevas tecnologías en el sector financiero y que estén debidamente reguladas”, detalló el especialista. Asimismo, expresó que otra parte que involucra al blockchain dentro de la ley es la relacionada con la operación de activos virtuales, los cuales estarán sujetos al aval del Banco de México.

“Los activos virtuales tienen como tecnología base la actividad blockchain, dicho de otra manera aunque no se regula per se a la tecnología como tal, sí se regula una manifestación concreta de esta tecnología que es el activo virtual y donde por primera vez se le reconoce jurídicamente”, comentó Larrea.

El abogado mencionó que también dicha tecnología basa la operación de los fondos de pago electrónico, pues éstos están contabilizados en cuentas transaccionales que tienen como base el blockchain.

LOS RIESGOS Y RETOS

Para Antonio Franck, socio de Jones Day, aunque la tecnología blockchain por su naturaleza puede contener ciertos esquemas de seguridad, ésta también presenta algunos riesgos que tienen que ser identificados por las instituciones que la operan.

“Todo lo que entra en la red o en la web puede ser hackeable”, comentó Frank quien agregó que entre los riesgos más importantes está la suplantación de la identidad.

Guillermo Larrea calificó como un gran paso la aprobación de la ley fintech en México para tratar de acortar distancia entre la legislación y la tecnología, con el fin de darle un uso más productivo a ésta, pues tiene diversas ventajas que posiblemente todavía no se reflejan en el mundo real debido a la estructura jurídica mundial.

“El tema de por qué no se ha materializado aún (la tecnología blockchain) tiene que ver con las estructuras y la forma tradicional en el que nuestro mundo jurídico está entretejido. El blockchain trae inmediatez, seguridad, pero éstos son elementos cuestionados (y en algunos casos no reconocidos) en procedimientos judiciales o administrativos”, concluyó.

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