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Política

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Venta de cannabis todavía no está regulada, afirma la Cofepris

La Cofepris aclaró que en sus últimas resoluciones sobre el tema la SCJN no reconoció derechos para la comercialización, suministro, enajenación o distribución de cannabis, ni el consumo de ningún otro tipo de estupefacientes o psicotrópicos.

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) aclaró que en sus últimas resoluciones sobre el tema la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no reconoció derechos para la comercialización, suministro, enajenación o distribución de cannabis, ni el consumo de ningún otro tipo de estupefacientes o psicotrópicos.

“La SCJN no se pronunció en estas resoluciones sobre la despenalización de la marihuana, por lo que estas conductas continúan reguladas por el marco legal aplicable”, consigna el comunicado de prensa emitido por la autoridad sanitaria.

Aunque las resoluciones del máximo tribunal constitucional del país no son de cumplimiento opcional, la Cofepris manifestó su compromiso a “acatar los criterios y resoluciones emitidos” por la Corte, “bajo un marco de estricto respeto a la legislación vigente y con perspectiva de derechos humanos”.

La Corte resolvió el pasado 25 de junio que la autorización conjunta para realizar actividades relacionadas con el autoconsumo de cannabis y tetrahidrocannabinol (THC), con fines recreativos, cumple con la declaratoria general de inconstitucionalidad correspondiente.

“Es fundamental precisar que lo determinado por el máximo tribunal en la declaratoria de inconstitucionalidad 1/2018 se refiere exclusivamente al autoconsumo lúdico de cannabis y tetrahidrocannabinol bajo los lineamientos establecidos por la Cofepris”, cita el texto.

Con relación a la sentencia del recurso de inconformidad previsto en la fracción IV del artículo 201 de la Ley de Amparo, derivado del Amparo 6/2025, en el cual la Corte no evaluó de fondo el régimen jurídico aplicable a la cannabis sino que se limitó exclusivamente a señalar la legalidad de la vía de cumplimiento para la expedición de permisos para el autoconsumo lúdico de cannabis y tetrahidrocannabinol (THC), la Cofepris precisó que “toma nota del criterio emitido por el pleno del máximo tribunal, el cual reconoce el debido cumplimiento y legalidad de las autorizaciones sanitarias conjuntas expedidas por esta institución”.

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