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InfoDF denunció lo que el IFAI omitió
Para este centro de análisis, a este órgano y a su titular les faltó conocimiento de las facultades conferidas por la contitución para velar por los datos personales.
El Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (InfoDF) busca que se declare como inconstitucionales los artículos 189 y 190 de la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión porque, en su opinión, violan el derecho a la privacidad y protección de datos.
La tarde del miércoles los comisionados Mucio Israel Hernández Guerrero, Luis Fernando Sánchez Nava, David Mondragón Centeno y Alejandro Torres Rogelio se presentaron ante la oficialía de partes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para presentar una demanda de acción de inconstitucionalidad.
Los artículos 189 y 190 fracción primera de la citada norma violan derechos fundamentales de ciudadanos de esta capital (...) particularmente el derecho a la privacidad y la protección a los datos personales (...) El Estado sí debe garantizar la seguridad de las personas pero no en las condiciones en que lo está estableciendo en la Ley Federal de Telecomunicaciones , argumentó Torres Rogelio entrevistado en las instalaciones del máximo tribunal.
No puede ser en un Estado de Derecho y un Estado democrático que se nos quiera garantizar un derecho, lesionando otro , puntualizó el comisionado Torres Rogelio.
Este recurso enfrenta la posibilidad de ser rechazado debido a que la reforma constitucional en materia de transparencia al artículo sexto, efectuada el 7 de febrero del presente año, establece que el órgano garante del DF sólo podrá presentar acciones de inconstitucionalidad en contra de las leyes emitidas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal .
De acuerdo con lo establecido en la Constitución política, para que la SCJN revisara si dichos artículos de la ley van en contra de la Constitución, el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai) debería ser el órgano que presentara la demanda, pero los comisionados de ese órgano manifestaron estar en contra de dicha acción.
El comisionado Hernández Guerrero explicó que su legitimación para actuar recae en el artículo primero constitucional, por lo que solicitó a la Suprema Corte que haga una interpretación muy amplia y siempre bajo la lógica de los derechos humanos, en virtud de que todas las leyes que se hagan en el país deben respetar las garantías fundamentales.
Asimismo, aseguró que la reforma al artículo sexto constitucional ha permitido que los órganos especializados, como el InfoDF, que garantizan derechos fundamentales, estén legitimados para impugnar leyes contrarias a garantías fundamentales. Sabemos que una ley como la que se plantea en términos de telecomunicaciones afecta no solamente a los ciudadanos de la Ciudad de México, sino a todos. Tenemos una concurrencia de competencias que no es un ámbito territorial específico .