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Acuerdos, la alternativa patronal más viable ante el Covid-19: especialistas

En un webinar de la Amedirh, expertos sugieren a las empresas documentar para combatir jurídicamente posibles multas de la STPS.

Ante la poca claridad jurídica que hay entre los patrones de cómo se debe actuar ante la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor por la presencia del coronavirus en México, Manuel García Garrido, socio de la firma Ibañez Parkman, aconsejó a los empleadores buscar acuerdos con los trabajadores que beneficien a ambas partes. “Los patrones y los colaboradores tienen derecho a tener un acuerdo para pactar o revisar los beneficios, salarios que existan en la relación jurídica y permitan preservar las fuentes de empleo y también respetar los derechos laborales de los trabajadores”, dijo el especialista en el webinar “Covid-19: impactos a mediano plazo en el empleo”, realizado por la Asociación Mexicana en Dirección de Recursos Humanos (Amedirh).

García Garrido recomendó a los patrones acordar con trabajadores y sindicatos ajustes a las condiciones laborales durante la situación sanitaria, el objetivo es cuidarse mutuamente.

“Técnicamente hablando, lo que se sugiere es un convenio donde el patrón y el colaborador acuerden esta reducción (de salario) temporal”, puntualizó.

Para el socio de Ibañez Parkman, esta opción es viable porque algunas empresas han tenido que reducir las jornadas laborales de sus trabajadores porque las operaciones continúan, pero no con normalidad. En ese sentido, el especialista sugirió documentar estos acuerdos, pues cabe la posibilidad de que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) intente multar al empleador por reducir el sueldo, una sanción que puede ser combatida jurídicamente por convenir “condiciones de excepción en un momento de excepción”.

“El riesgo si es que la autoridad laboral llegara a querer imponer multas, creo que jurídicamente es muy defendible. Aquí también la respuesta a esa consulta es muy clara: estamos en un momento de excepción. Yo lo que les hago ver a las empresas con prudencia, con responsabilidad y cuidando a sus colaboradores, habría que analizar cuál es el mejor escenario que se les puede dar para procurar conservar las fuentes de empleo”, destacó.

También existe el riesgo de que un trabajador no esté de acuerdo en firmar la modificación de las condiciones laborales y pelear ante la Junta de Conciliación y Arbitraje una rescisión imputable al patrón por modificación de condiciones, reconoció el experto en webinar de Amedirh. Sin embargo, expuso que actualmente los colaboradores están entendiendo la situación y solidarizándose con las empresas.

Sí puede pagarse el mínimo

Manuel García consideró que las empresas que pertenecen a las actividades no esenciales y que deben enviar a sus trabajadores a casa pueden pagar un salario mínimo, siempre y cuando sus empleados no estén prestando el servicio. El miembro del equipo jurídico de la Confederación Patronal de la República Mexicana expuso que a pesar de que las autoridades no han declarado expresamente la contingencia sanitaria con esas palabras, ésta existe como hecho notorio y en ese sentido la Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene jurisprudencia.

gerardo.hernandez@eleconomista.mx

Periodista especializado en políticas laborales, indicadores de empleo, futuro del trabajo, desarrollo de carrera, recursos humanos y salud laboral. Actualmente es editor de Capital Humano y coconductor del podcast Coffee Break.

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